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Documento BOE-A-1998-10111

Orden de 20 de abril de 1998 por la que se amplían los plazos establecidos para la finalización de las obras y servicios en las que en virtud de la Orden de 2 de marzo de 1994 se conceden subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 1998, páginas 14369 a 14369 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-10111
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/04/20/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 2 de marzo de 1994 establece las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, para la contratación de trabajadores desempleados por las Corporaciones Locales, en la realización de obras y servicios de interés general y social.

El artículo 3.1.d) de la citada Orden dispone que las obras y servicios deberán ejecutarse en su totalidad dentro del año natural del ejercicio presupuestario en el que se produce la colaboración, salvo que concurran causas excepcionales que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo.

Durante el ejercicio presupuestario de 1997, han concurrido causas excepcionales que han condicionado, en algunos casos, la finalización de las obras y servicios en los plazos establecidos, fundamentalmente la ausencia de marco legal sustitutivo del antiguo Plan de Empleo Rural hasta la publicación el 24 de junio del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al Programa de Fomento de Empleo Agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las Zonas Rurales Deprimidas, lo que motivó la promulgación, el 17 de noviembre de 1997, de una Orden que ampliaba el plazo para la finalización de las obras y servicios hasta el 31 de mayo de 1998.

Durante el último mes del pasado año y los primeros del presente se han producido circunstancias excepcionales caracterizadas fundamentalmente por los fuertes temporales de lluvias registrados en todo el territorio nacional, que han vuelto a interferir de forma determinante en el desarrollo de las obras y servicios, por lo que con el fin de garantizar la realización de las actuaciones iniciadas en 1997, al amparo de lo establecido en la Orden de 2 de marzo de 1994, dispongo:

Artículo único.

Se prorroga el plazo de la finalización de las obras y servicios, iniciados en base a la Orden de 2 de marzo de 1994 y financiados con cargo al Presupuesto de Gastos del Instituto Nacional de Empleo hasta el 31 de mayo de 1998. Para las obras y servicios afectadas al Programa de Fomento de Empleo Agrario, en virtud del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, se prorroga hasta el 30 de junio de 1998.

Disposición final.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", teniendo efectos desde el 1 de abril de 1998 hasta el 31 de mayo del mismo año, y desde el 1 de junio de 1998 hasta el 30 de junio de 1998 para el Programa de Fomento de Empleo Agrario.

Madrid, 20 de abril de 1998.

ARENAS BOCANEGRA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/04/1998
  • Fecha de publicación: 29/04/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 30/04/1998
  • Efectos según se indica.
Referencias anteriores
Materias
  • Administración Local
  • Desempleo
  • Empleo
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Obras y Servicios de las Corporaciones Locales
  • Subvenciones

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