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Documento BOE-A-1997-28063

Orden de 17 de diciembre de 1997 por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos para el ingreso directo en los centros docentes militares de formación para el acceso a las Escalas Superior y Media de los Cuerpos Generales de los Ejércitos y del Cuerpo de Infantería de Marina, así como a las Escalas Superior y Ejecutiva del Cuerpo de la Guardia Civil.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 1997, páginas 38633 a 38642 (10 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1997-28063
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1997/12/17/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Orden 75/1989, de 2 de octubre, modificada por la Orden 12/1993, de 2 de febrero, aprobó las normas, los programas, el cuadro médico de exclusiones y los ejercicios físicos por los que se regían los procesos selectivos para el ingreso en los centros docentes militares de formación de grado superior.

La necesidad de adecuar la Orden antes mencionada para los procesos selectivos de las Escalas medias de los Cuerpos Generales de los Ejércitos y de Infantería de Marina, así como para la Escala ejecutiva de la Guardia Civil, creada por la Ley 28/1994, de 18 de octubre, y teniendo en cuenta la experiencia adquirida en su aplicación a los diferentes procesos selectivos realizados, hace aconsejable modificar algunos aspectos de la misma para adaptarlos a las exigencias actuales.

Al mismo tiempo, es necesario tanto adecuar la redacción del cuadro médico de exclusiones como dar una mayor claridad a algunas causas de exclusión.

Por otra parte, el Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, aunque deroga el Real Decre to 562/1990, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en los centros docentes militares de formación y de acceso a la condición de militar de empleo, establece una concordancia legislativa en lo referente a las disposiciones relativas a programas de ingreso, cuadros médicos, pruebas físicas y demás normas de desarrollo de este último que no se opongan a lo establecido por el primero.

Todo ello obliga a realizar una serie de modificaciones tanto en las normas que regulan los procedimientos a seguir, como en el baremo a aplicar en la fase de concurso, el cuadro médico de exclusiones y los ejercicios físicos.

Siguiendo los principios de simplificación y unificación de normas preexistentes preconizados por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, parece más conveniente proceder a la elaboración de una disposición que reúna en un texto único las normas que regulan el ingreso en los centros docentes militares de formación, en aras de un mayor beneficio de los administrados, en cuanto a la simplicidad y claridad que, de esta manera, se les ofrece.

En su virtud, y de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 17/1989, de 19 de julio, y del artículo 14 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, por lo que respecta al Cuerpo de la Guardia Civil, y con las facultades conferidas en la disposición final primera del citado Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, y a propuesta de los Ministros de Defensa e Interior, dispongo:

Primero.-1. Se aprueban las normas del anexo por las que han de regirse los procesos selectivos de ingreso directo en los centros docentes militares de formación para el acceso a las Escalas superior y media de los Cuerpos Generales de los Ejércitos y del Cuerpo de Infantería de Marina, así como a las Escalas superior y ejecutiva del Cuerpo de la Guardia Civil.

2. El cuadro médico de exclusiones y las pruebas físicas del anexo a la presente Orden podrán aplicarse en aquellos procesos selectivos cuya Resolución de convocatoria lo especifique expresamente.

Segundo.-Se autoriza al Subsecretario de Defensa, conjuntamente con el Secretario de Estado de Seguridad, por lo que respecta al Cuerpo de la Guardia Civil, a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Tercero.-1. Se deroga la Orden 75/1989, de 2 de octubre, por la que se aprueban las normas, los programas, el cuadro médico de exclusiones y los ejercicios físicos por los que han de regirse los procesos selectivos para el ingreso en los centros docentes militares de formación de grado superior.

2. Asimismo, quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en esta Orden.

Cuarto.-Las normas, baremos a aplicar en la fase de concurso, programas, cuadro médico de exclusiones y ejercicios físicos que se aprueban comenzarán a regir en los procesos selectivos que se celebren a partir del 1 de enero de 1998.

Madrid, 17 de diciembre de 1997.

ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

Excmos. Sres. Ministros de Defensa e Interior.

ANEXO

1. Condiciones para opositar

Los aspirantes deberán reunir las condiciones expresadas en el Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y Guardia Civil («Boletín Oficial del Estado» número 302), y aquellas otras que figuren en la convocatoria correspondiente.

2. Normas

El sistema de selección será el de concurso-oposición libre, que constará de las siguientes fases:

2.1 Fase de concurso.

2.1.1 Consistirá en la valoración de los méritos de los admitidos a las pruebas de acuerdo con el baremo que figura en el apéndice A.

2.1.2 La calificación máxima que se puede obtener en esta fase es de:

Escalas superiores: 23 x 0,5 puntos.

Escalas media y ejecutiva: 24 x 0,5 puntos.

2.2 Fase de oposición.

2.2.1 En esta fase se realizarán las siguientes pruebas:

De conocimientos:

Teórica inicial de ciencias matemáticas y ciencias físico-químicas.

Práctica de ciencias matemáticas y ciencias físico-químicas.

De lengua inglesa.

Psicotécnica.

De aptitud psicofísica.

2.2.2 A excepción de la prueba teórica inicial, que se realizará en primer lugar, el orden de la prueba práctica y de la prueba de lengua inglesa será el que determine la resolución de la convocatoria correspondiente.

2.2.3 Los programas de las distintas pruebas de conocimientos, las cuales adecuarán, en su caso, su nivel de exigencia al proceso selectivo correspondiente, son los que figuran en el apéndice B del presente anexo.

2.2.4 La prueba psicotécnica y la de aptitud psicofísica -reconocimientos médicos y ejercicios físicos- se realizarán en el orden que se determine por la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar a efectos de coordinar la utilización de centros sanitarios e instalaciones.

2.2.5 La no presentación del admitido, a una prueba o ejercicio, supondrá su eliminación del proceso selectivo.

3. Prueba teórica inicial de ciencias matemáticas

y ciencias físico-químicas

3.1 Descripción.-Consistirá en contestar por escrito formularios de preguntas sobre cada uno de los dos ejercicios siguientes y en el tiempo que se indica:

Ejercicio de ciencias matemáticas, en un plazo máximo de dos horas.

Ejercicio de ciencias físico-químicas, en un plazo máximo de dos horas.

3.2 Procedimiento.-Se realizará por el sistema que indique la resolución de la correspondiente convocatoria.

No se permitirá el uso de ninguna clase de libros, apuntes ni calculadoras.

3.3 Calificación.

3.3.1 De los ejercicios: La puntuación de cada uno de los dos ejercicios se obtendrá mediante la fórmula: P = A [E/(n-1)] donde «A» es el número de preguntas acertadas, «E» es el número de errores, «n» es el número de opciones presentadas como solución y «P» es la puntuación obtenida en el correspondiente ejercicio.

La puntuación obtenida (P) se ajustará a una escala entre cero y 10 puntos, correspondiendo el 0 a la calificación de cero puntos o inferior y el 10 al máximo número de puntos que se pueda obtener en el ejercicio.

3.3.2 De la prueba: La calificación de la prueba vendrá determinada por la media aritmética de la puntuación obtenida en cada uno de los dos ejercicios.

Los aspirantes que no sean declarados aptos en esta prueba, de acuerdo con lo que determine la convocatoria correspondiente, quedarán eliminados del proceso selectivo, no pudiendo concurrir a las pruebas posteriores.

4. Prueba práctica de ciencias matemáticas y ciencias físico-químicas

4.1 Descripción.-Consistirá en la resolución por escrito de los dos ejercicios prácticos siguientes y en el tiempo que se indica:

Ejercicio práctico de ciencias matemáticas, en un plazo máximo de cuatro horas.

Ejercicio práctico de ciencias físico-químicas, en un plazo máximo de cuatro horas.

4.2 Procedimiento.-Se realizará por el sistema de tanda única.

No se permitirá el uso de ninguna clase de libros ni apuntes. Se podrá utilizar calculadora científica no programable.

4.3 Calificación.

4.3.1 De los ejercicios: Cada uno de los dos ejercicios se calificará de cero a 10 puntos.

4.3.2 De la prueba: La calificación de la prueba vendrá determinada por la suma de las obtenidas en cada uno de los dos ejercicios.

5. Prueba de lengua inglesa

5.1 Descripción.-Los aspirantes realizarán por escrito los dos ejercicios siguientes y en el tiempo que se indica:

Ejercicio de comprensión escrita. Consistirá en la contestación de un formulario de preguntas escritas en lengua inglesa, en un plazo máximo de una hora.

Ejercicio de comprensión oral. Consistirá en la contestación de un cuestionario de preguntas orales formuladas en lengua inglesa, en un plazo máximo de una hora.

5.2 Procedimiento.-Se realizará por el sistema que indique la Resolución de la correspondiente convocatoria.

No se permitirá el uso de ninguna clase de libros, apuntes ni diccionarios.

5.3 Calificación.

5.3.1 De los ejercicios: La puntuación de cada uno de los dos ejercicios se obtendrá mediante la fórmula: P = A [E/(n-1)], donde «A» es el número de preguntas acertadas, «E» es el número de errores, «n» es el número de opciones presentadas como solución y «P» es la puntuación obtenida en el correspondiente ejercicio.

La puntuación obtenida (P) se ajustará a una escala entre cero y 10 puntos, correspondiendo el 0 a la calificación de cero puntos o inferior y el 10 al máximo número de puntos que se pueda obtener en el ejercicio.

5.3.2 De la prueba: La calificación de la prueba vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios.

6. Prueba psicotécnica

6.1 Evaluará la aptitud de los aspirantes para obtener un buen rendimiento académico y profesional mediante ejercicios dirigidos a medir especialmente los factores aptitudinales y variables comportamentales.

6.2 La calificación de cada ejercicio se realizará en función de las características psicométricas del mismo, obteniéndose en la prueba la correspondiente puntuación directa entre 0 y 5.

6.3 Se realizará por el sistema que indique la Resolución de la correspondiente convocatoria.

7. Prueba de aptitud psicofísica

7.1 La aptitud psicofísica exigida en el artículo 17.1. f) del Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, tendrá que ser acreditada por medio de:

Reconocimientos médicos.

Realización de ejercicios físicos.

7.2 Reconocimientos médicos.

7.2.1 Se aplicará el cuadro médico de exclusiones que figura en el apéndice C de este anexo.

7.2.2 Se efectuarán por las juntas de reconocimiento de los centros sanitarios militares que se determinen, quienes extenderán, en su caso, el correspondiente certificado de aptitud, en el que constarán las limitaciones, si las hay, para acceder a determinados Cuerpos.

Para los admitidos a las pruebas que pretendan ingresar en el Cuerpo General del Ejército del Aire, en especialidades con responsabilidad de vuelo, el reconocimiento médico se efectuará, preferentemente, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA).

7.2.3 La presentación del certificado de aptitud citado en el punto anterior es condición indispensable para la realización de los ejercicios físicos que se determinan en el apartado 7.3 de este anexo.

7.2.4 Las calificaciones serán de «apto», «apto excepto Cuerpo General del Ejército del Aire», «apto excepto Cuerpo General del Ejército del Aire y Cuerpo General de la Armada» y «no apto».

7.2.5 La declaración de no aptitud no tendrá carácter vinculante respecto al posible cumplimiento del servicio militar.

7.3 Realización de ejercicios físicos.

7.3.1 Se realizarán los ejercicios siguientes:

De velocidad.

De resistencia.

De potencia del tren inferior.

De potencia del tren superior.

De salto de aparatos.

De natación.

7.3.2 La descripción de los ejercicios, así como las marcas mínimas a superar en cada uno de ellos son las que figuran en el apéndice D de este anexo.

7.3.3 Estos ejercicios se realizarán ante las Juntas de Educación Física que se determinen, las cuales extenderán, en su caso, el correspondiente certificado de aptitud.

7.3.4 La calificación será de «apto» o «no apto», especificándose en este caso el ejercicio que corresponde.

8. Calificación final

8.1 La calificación final del proceso selectivo se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en las siguientes pruebas:

Prueba teórica inicial de ciencias matemáticas y ciencias físico-químicas.

Prueba práctica de ciencias matemáticas y ciencias físico-químicas.

Prueba de lengua inglesa.

Prueba psicotécnica.

Fase de concurso.

8.2 Los aspirantes serán ordenados de mayor a menor puntuación obtenida, ingresando por este orden y de acuerdo con las preferencias indicadas en su instancia, en el correspondiente centro docente militar de formación, hasta cubrir el número de plazas convocadas, no puediéndose declarar seleccionados a un número superior al de dichas plazas.

APÉNDICE A

Fase de concurso

1. Baremo a aplicar

1.1 Factores a valorar.-Currículo académico.

Tiempo de servicio prestado como militar y como guardia civil.

1.2 Valoración.

1.2.1 Del currículo académico para acceso a las Escalas superiores.

a) Prueba de acceso a la Universidad: La que figure como «calificación definitiva» en el certificado correspondiente.

b) Estudios universitarios: Se valorarán los estudios conducentes a la obtención de sólo uno de los títulos comprendidos en el anexo del Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, creados por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, y los que en lo sucesivo se aprueben reglamentariamente.

Para la valoración de los estudios superados se seguirán los siguientes criterios:

Licenciaturas, Ingenierías y Arquitectura cuyos planes de estudios estructuren la carga lectiva de las asignaturas por créditos:

Matrícula: 0,1667 puntos cada crédito.

Sobresaliente: 0,125 puntos cada crédito.

Notable: 0,1042 puntos cada crédito.

Aprobado: 0,0834 puntos cada crédito, hasta un máximo de 10 puntos.

Licenciaturas, Ingenierías y Arquitectura cuyos planes de estudios no estructuren la carga lectiva de las asignaturas por créditos:

Matrícula: Dos puntos por cada asignatura.

Sobresaliente: 1,5 puntos por cada asignatura.

Notable: 1,25 puntos por cada asignatura.

Aprobado: Un punto por cada asignatura, hasta un máximo de 10 puntos.

Diplomaturas, Ingenierías Técnicas y Arquitectura Técnica:

Tendrán una puntuación del 75 por 100 de lo expresado en el apartado anterior.

La certificación académica personal de los estudios cursados y superados irá, preceptivamente, acompañada de copia, debidamente compulsada, de los correspondientes planes de estudio, con expresión, en su caso, de la carga lectiva, en créditos, de cada asignatura.

c) Idiomas: Estar en posesión del título oficial de una lengua extranjera distinta del inglés, expedido por la Escuela Oficial de Idiomas o por el Tribunal Militar de Idiomas según el STANAG 6001. Solamente se contabilizará el título o certificado aportado de mayor puntuación según el siguiente baremo y de una única lengua extranjera:

Ciclo Superior de la EOI: Un punto.

Nivel SLP 3.3.3.3 o superior: Un punto.

Ciclo Elemental de la EOI: 0,5 puntos.

Nivel SLP 2.2.2.2 o superior: 0,5 puntos.

d) La puntuación de este apartado 1.2.1 se obtendrá de la suma de los epígrafes a), b), y c), no pudiendo superar ésta los 21 puntos.

1.2.2 Del currículo académico para acceso a las Escalas medias y ejecutiva de la Guardia Civil:

a) Del Bachillerato Unificado Polivalente y Curso de Orientación Universitaria o de los Bachilleratos establecidos en la Ley 1/1990: La puntuación media que conste en la documentación oficial.

b) De la prueba de acceso a la Universidad: De la calificación definitiva de la prueba:

Matrícula: Un punto,

Sobresaliente: 0,75 puntos,

Notable: 0,50 puntos,

Aprobado: 0,25 puntos.

c) Estudios universitarios: Se aplicarán los mismos criterios que en el epígrafe b) del apartado 1.2.1 de este apéndice.

d) Idiomas: Se aplicarán los mismos criterios que en el epígrafe c) del apartado 1.2.1 de este apéndice.

e) La puntuación de este apartado 1.2.2 se obtendrá de la suma de los epígrafes a), b), c) y d), no pudiendo superar ésta los 22 puntos.

1.2.3 Los intervalos correspondientes a los conceptos sobre calificaciones que figuran en los apartados 1.2.1 y 1.2.2 serán los que a continuación se especifican:

Matrícula: n = 10.

Sobresaliente: 9 « n R 10

Notable: 7 « n R 9

Aprobado: 5 « n R 7

Donde «n» es la calificación de la correspondiente asignatura o de la calificación definitiva del certificado correspondiente a la prueba de acceso a la Universidad.

1.2.4 Del tiempo de servicio prestado como militar y como guardia civil.

a) Militar de carrera o miembro de la guardia civil perteneciente a la Escala ejecutiva o de Suboficiales: 0,03 puntos por mes + 0,6.

b) Militar de empleo o miembro de la Guardia Civil no contemplado en el punto anterior: 0,03 puntos por mes.

c) Militar de empleo que solamente solicite el acceso a las Escalas superior o media del Ejército a que pertenece: 0,04 puntos por mes.

d) Guardia civil no contemplado en el epígrafe a) que solamente solicite el acceso a las Escalas superior o ejecutiva de su Cuerpo: 0,04 puntos por mes.

e) Servicio militar cumplido como militar de reemplazo: 0,20 puntos.

f) Se considerarán meses completos, despreciando los días que no lleguen a constituir un mes en la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial de Defensa» o en el que corresponda.

g) La puntuación máxima en este apartado 1.2.4 no podrá superar los dos puntos.

1.3 Puntuación final de la fase de concurso.-Será la mitad de la suma aritmética de las puntuaciones obtenidas en la valoración del currículo académico y del tiempo de servicio prestado.

APÉNDICE B

Programas

1. Lengua Inglesa

No se especifica un programa concreto; las pruebas versarán sobre:

Fórmulas de relación social. Saludar y despedirse. Presentar. Agradecer y contestar adecuadamente a las fórmulas de agradecimiento. Excusarse. Felicitar y manifestar satisfacción o pesar en las situaciones adecuadas.

Dar y pedir información: Identificar personas, lugares y cosas. Hablar de acciones y acontecimientos presentes, pasados y futuros. Describir personas, lugares y cosas. Comprobar si se ha comprendido el mensaje lingüístico. Hacer preguntas de todo tipo. Contestar negativamente a preguntas y hacer oraciones negativas.

Influir en las acciones de los demás. Pedir y ordenar a otros que hagan o no hagan algo. Hacer sugerencias. Hacer una invitación, aceptarla o rechazarla. Pedir permiso, darlo o denegarlo. Expresar las intenciones propias y preguntar las de los demás.

Expresar las ideas propias y preguntar las de los demás.

Manifestar acuerdo, desacuerdo, conocimiento, ignorancia y opinión y preguntar a los demás al respecto. Manifestar posibilidad, capacidad y certeza y preguntar a los demás al respecto.

Manejo activo y pasivo de los sonidos y la entonación indispensables para la comprensión oral.

Los aspectos necesarios para el apropiado dominio de las funciones de comunicación expuestas anteriormente.

2. Matemáticas

Sistemas de ecuaciones lineales: Sistemas de ecuaciones con dos incógnitas. Sistemas de ecuaciones lineales. Sistemas equivalentes. Resolución de ecuaciones: Método de Gauss. Discusión del método de Gauss. Aplicación del método de Gauss a la discusión de sistemas.

Matrices: Matrices de números reales. Definiciones. El espacio vectorial de las matrices de orden m x n. Producto de matrices. Rango de una matriz. Aplicaciones lineales. Matriz asociada a una aplicación lineal.

Determinantes: Permutaciones. Definición de determinante. Propiedades de los determinantes. Menor complementario y adjunto. Cálculo de determinantes. Determinantes y dependencia lineal. Los determinantes y el rango de una matriz.

Teorema de Rouché-Frobenius: Cálculo de la matriz inversa. Expresión matricial de un sistema de ecuaciones. Regla de Cramer. Teorema de Rouché-Frobenius.

Espacios vectoriales: Espacios vectoriales reales. Subespacios vectoriales. Dependencia lineal. Dependencia e independencia lineal. Propiedades. Sistemas de generadores. Bases. Dimensión. Rango de un conjunto de vectores.

Espacios afín y euclídeo tridimensionales: Vectores en el plano. Coordenadas de un punto en el espacio. La recta en el espacio afín. Recta determinada por dos puntos. Otras determinaciones del plano. Posiciones relativas de dos planos. Haz de planos. Posiciones relativas de recta y plano. Posiciones relativas de dos rectas.

El plano euclídeo: Producto escalar en el espacio vectorial V3. Propiedades. Expresión analítica del producto escalar. Espacio euclídeo tridimensional. Cosenos directores de un vector. Producto vectorial. Propiedades del producto vectorial. Área del triángulo. Producto mixto. Vector característico de un plano. Ecuación normal del plano. Ángulo de dos rectas. Ángulo de dos planos. Ángulo de recta y plano. Distancia de un punto a un plano. Distancia de un punto a una recta. Distancia mínima entre dos rectas que se cruzan.

Transformaciones en el plano euclídeo: Isometrías. Simetrías ortogonales axiales. Puntos fijos de una isometría. Descomposición de una isometría en producto de simetrías. Isometrías positivas y negativas. Clasificación de las isometrías E2. Traslaciones. Giros.

Isometrías en el espacio euclídeo. Isometrías. Simetrías especulares. Puntos fijos de una isometría. Descomposición de una isometría en producto. Isometrías positivas y negativas. Isometrías particulares de E3 y clasificación.

Curvas y superficies. Curvas en el plano. Coordenadas polares. Curvas en polares. Coordenadas cilíndricas y esféricas en el espacio. Superficies y curvas en el espacio. Estudio de superficies.

Los números reales. Continuidad. Los números reales. Propiedades de los números reales. Funciones continuas. Teorema de Bolzano. Continuidad y acotación. Teorema de Bolzano-Weierstrauss. Continuidad uniforme.

Derivadas: Derivada de una función. Derivadas laterales. Función derivada. Derivadas sucesivas. Interpretación geométrica de la derivada. Interpretación física de la derivada. Crecimiento y decrecimiento de una función. Máximos y mínimos de una función-teorema de Rolle. Teorema del valor medio. Teorema de Cauchy. Consecuencias y aplicaciones del teorema del valor medio. Regla de L'Hopital.

Fórmula de Taylor: Aplicaciones. Desarrollo de un polinomio en potencias de x-a. Polinomios de Taylor de una función. Infinitésimos. Comparación de funciones. Desarrollos y aplicaciones de Taylor.

Resolución aproximada de ecuaciones: Ecuaciones. Ecuaciones algebraicas. Resolución aproximada de ecuaciones.

Cálculo integral: Primitivas de una función. Propiedades. Primitivas inmediatas. Integración por cambio de variable. Integración por partes. Integración de funciones racionales. Integración de funciones trigonométricas. Integración de funciones irracionales. Ecuaciones diferenciales. El problema del área como origen del cálculo integral. Funciones escalonadas. Integral de una función escalonada: Área de recintos limitados por funciones escalonadas-integral de una función continua en un intervalo cerrado. Propiedades de la integral-generalización del concepto de integral. Función integral asociada a una función continua. Regla de Barrow. Teorema del valor medio del cálculo integral. Áreas de recintos planos. Áreas de figuras planas en coordenadas polares. Volúmenes de sólidos de revolución determinados por funciones continuas. Longitud de un arco de curva plana. Área de una superficie de revolución. Movimiento rectilíneo de una partícula. Trabajo de una fuerza. Interpolación. Método de interpolación de Lagrange. Método de Newton.

Integración numérica: Método de los trapecios. Método de Simpson.

Cálculo de probabilidades. Espacio muestral. Espacio de sucesos. Inclusión e igualdad de sucesos. Operaciones con sucesos. Álgebra de Boole de sucesos P(E). Álgebra de sucesos. Sistema completo de sucesos. Álgebra de sucesos engendrada por un sistema completo de sucesos. Variaciones ordinarias. Variaciones con repetición. Permutación ordinaria. Permutaciones con repetición. Combinaciones ordinarias. Combinaciones con repetición. Frecuencias. Propiedades de las frecuencias relativas. Definiciones clásica y frecuencial de probabilidad. Concepto de medida. Definición axiomática de probabilidad. Teoremas. Construcción de una probabilidad. Probabilidad condicionada. Probabilidad compuesta. Dependencia e independencia de sucesos. Experiencias sucesivas. Espacio producto. Teorema y fórmulas de Bayes. Ley binomial: Fórmula Bernoulli.

3. Física

Cálculo vectorial: Magnitudes escalares y vectoriales. Composición y descomposición de vectores en forma gráfica y analítica. Sistemas de coordenadas, vectores unitarios y módulo de un vector. Suma, diferencia de vectores y producto por un escalar. Producto escalar y vectorial de dos vectores. Momento de un vector respecto de un punto y respecto de un eje. Derivada de un vector.

Cinemática: Vector de posición. Velocidad. Aceleración. Movimientos con aceleración constante. Aplicación al movimiento de proyectiles y movimiento circular. Representaciones gráficas del desplazamiento, velocidad y aceleración en función del tiempo.

Dinámica de una partícula: Leyes de Newton. Sistemas de referencia, relatividad de Galileo. Impulso y momento lineal.

Dinámica de un sistema de partículas: Centro de masas. Coordenadas del centro de masas. Movimiento del centro de masas. Momento lineal y momento angular respecto de un punto fijo de un sistema de partículas. Teoremas de conservación. Movimiento de una partícula sometida a fuerzas centrales. Ley de las áreas.

Trabajo y energía: Concepto de trabajo. Potencia. Unidades. Energía cinética de una partícula y de un sistema de partículas. Teorema. Choque elástico e inelástico. Campos escalares y vectoriales. Superficies equiescalares y líneas de campo. Campos conservativos. Energía potencial. Flujo a través de una superficie.

Dinámica de rotación: Sólido o rígido. Energía cinética de un sólido en rotación en torno a un eje fijo. Concepto de momento de inercia respecto de un eje. Ecuación fundamental de la dinámica de rotación. Aplicaciones. Extensión de los principios de conservación de la energía mecánica a los movimientos de rotación.

Termodinámica: Calor y temperatura. Calor específico. El trabajo en termodinámica. Diagramas y p-v. Primer principio de la termodinámica. Energía interna. Procesos reversibles. Segundo principio de la termodinámica. Ciclo de Carnot. Máquinas térmicas.

Campos gravitatorio y electrostático: Concepto de campo gravitatorio y eléctrico. Intensidades de los campos gravitatorios y eléctricos. Ley de gravitación universal. Ley de Coulomb. Potencial gravitatorio y eléctrico. Energía potencial gravitatoria y eléctrica. Campos creados por una o varias masas o cargas puntuales. Principios de superposición. Teorema de Gauss. Aplicaciones a distribuciones de simetría simple.

Electromagnetismo: Conceptos fundamentales del campo magnético: Imágenes y corrientes. Campo magnético producido por una corriente rectilínea e indefinida. Fuerzas entre corrientes paralelas. Definición de amperio. Campo magnético creado por una corriente cualquiera. Acción del campo magnético sobre una carga móvil o sobre una corriente.

Inducción electromagnética: Experiencias de Faraday. Leyes de Faraday y Lenz. Fundamentos de la generación de corriente alterna. Autoinducción, inducción mutua, transformadores.

Ondas: Revisión de movimiento armónico simple: Energía cinética y potencial de un oscilador mecánico. Ondas armónicas unidimensionales, ecuación de ondas. Energía del movimiento ondulatorio, ondas esféricas, intensidad. Propagación de ondas, principio de Huygens. Estudio cualitativo de las interferencias, ondas estacionarias. Concepto de polarización, características y espectro de las ondas sonoras. Características y espectro de las ondas electromagnéticas.

4. Química

Conceptos fundamentales: Objeto de la química. Elementos y compuestos. Mezclas. Enunciado de las leyes ponderales. Composición centesimal. Conceptos de mol, peso atómico, peso molecular y equivalente. Gases ideales; ley general. Disoluciones. Tipos y unidades de concentración y sus relaciones. Reacciones químicas. Cálculos estequiométricos.

Naturaleza de la materia: Naturaleza eléctrica de la materia. Evidencias experimentales. Partículas constituyentes del átomo: Protón, neutrón y electrón. Modelos atómicos clásicos. Números cuánticos. Espectros atómicos. Modelo mecanocuántico: Aspectos descriptivos del concepto de función de onda. Enunciado del principio de incertidumbre. Concepto de orbital y de probabilidad. Orbitales atómicos S y P. Configuraciones electrónicas de átomos y de iones: Principios de Pauli y de Hund. Sistema periódico. Propiedades periódicas: Tamaño, potencial de ionización y electroafinidad. Electronegatividad.

Enlace químico: Enlace iónico. Aspectos cualitativos de la formación de redes iónicas: Condicionamientos de tamaño y neutralidad electrostática. Energía reticular. Propiedades de los sólidos iónicos. Enlace covalente coordinado. Polaridad de los enlaces heteronucleares: Momento dipolar. Enlaces sencillos y múltiples. Geometrías de moléculas covalentes: Lineales, angulares, triangulares, piramidal-triangulares y tetraédricas. Hibridación de orbitales atómicos. Concepto de orbital molecular. Compuestos moleculares y sólidos covalentes: Propiedades. Fuerzas intermoleculares: Enlace de hidrógeno y fuerzas de Van der Waals. Enlace metálico. Aspectos cualitativos de la teoría de bandas: Conductores. Semiconductores y aisladores. Otras propiedades de los sólidos metálicos.

Conceptos termodinámicos: Primer principio de la termodinámica: Energía interna y entalpía. Ley de Hess: Entalpías de reacción. Entalpías de formación y combustión. Segundo principio de la termodinámica: Entropía. Energía libre: Espontaneidad de las reacciones. Equilibrio químico. Constantes de equilibrio. Principios de Le Chatelier. Aspectos cinéticos de la reacción química: Energía de activación. Velocidad de reacción. Factores que influyen en la velocidad de reacción. Catálisis. Aspecto dinámico del equilibrio químico: Ley de acción de masas.

Conceptos de ácido y base en disolución acuosa: Arrhenius y Bronsted Lowry. Fuerza relativa de ácidos y gases. Constante disociación. Concepto de pH. Hidrólisis. Disoluciones reguladoras. Reacciones de neutralización. Volumetrías ácido-base. Indicadores. Definición de ácidos y bases de Lewis.

Conceptos de oxidación y reducción: Pares redox. Número (o estado) de oxidación. Ajuste de ecuaciones redox por el método de ión-electrón. Procesos electroquímicos: Pilas galvánicas y cubas electrolíticas. Potenciales normales de electrodo. Escala de potenciales de reducción y su aplicación. Espontaneidad de un proceso redox. Ecuación de Nernst. Electrólisis. Leyes de Faraday.

Solubilidad: Factores determinantes. Producto de solubilidad. Relaciones entre solubilidad y producto de solubilidad. Efecto del ión común.

Propiedades de los elementos de los grupos principales (representativos, S y P) racionadas con su configuración electrónica: Estados de oxidación, capacidad para formar enlaces sencillos y múltiples, carácter redox, carácter ácido-base. Elementos más electronegativos: Hidrógeno, halógenos, oxígeno, azufre y nitrógeno. Formas moleculares de los elementos: Naturaleza del enlace, estructura y reactividad.

Hidruros, óxidos y oxoácidos: Tipos de hidruros, agua, amoníaco, haluros de hidrógeno: Estructuras moleculares y propiedades. Tipos de óxidos: SO, SO, NO, NO: Estructuras moleculares y propiedades. Oxoácidos: Ácido nítrico y ácido sulfúrico. Interés industrial y comportamiento químico.

Características de los enlaces que forma el carbono: Tipos de cadenas orgánicas. Grupos funcionales. Serie homóloga. Isometría: Estructural y estereoisometría.

Reacciones orgánicas: Tipos de reacciones orgánicas y efectos electrónicos. Tipos de reactivos (electrolófilos y nucleófilos). Reacciones de sustitución: Radicales libres (hidrocarburos saturados), sustitución nucleófila (haluros de alquilo, alcoholes, aminas) sustitución electrófila (hidrocarburos aromáticos). Reacciones de adición: Adición electrófila (alquenos, alquinos). Adición nucleófila (grupo carbonilo: Aldehidos, cetonas, ácidos y sus derivados). Reacciones de eliminación: Deshidratación de alcoholes, deshidrohalogenación de haluros de alquilo. Reacciones redox de funciones orgánicas oxigenadas.

APÉNDICE C

A. Parámetros biológicos, enfermedades

y causas generales

Parámetros biológicos

1. Talla.-Talla en bipedestación inferior a 160 centímetros o superior a 203 centímetros.

Para el Cuerpo General del Ejército del Aire, talla superior a 196 centímetros. Talla sentado de coxis a vértex inferior a 80 centímetros o superior a 102 centímetros. Longitud del muslo inferior a 50 centímetros o superior a 65 centímetros.

2. Peso.-El peso teórico ideal será proporcional a la talla en bipedestación, debiendo presentar el examinado una constitución armónica. El índice de masa corporal, no sobrepasará 28 ni será inferior a 18.

El IMC, se optiene con la fórmula siguiente:

IMC = (Peso en Kg.)/(Talla en metros).

3. Presión arterial.-Cifras superiores a 140 mmhg de sistólica o 90 mmhg de diastólica, determinadas en posición clinostática y sin medicación.

En los que sobrepasen cualquiera de las dos cifras, se repetirá la determinación en ayunas y tras reposo horizontal de diez minutos.

Enfermedades y causas generales

4. Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que en opinión del tribunal médico puedan entorpecer en el momento del examen o, previsiblemente en el futuro, la eficacia en la ejecución de las misiones encomendadas o alterar la salud del examinado.

5. Enfermedades endocrinometabólicas que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua.

6. Enfermedades infecciosas y parasitarias que, por la presencia de trastornos funcionales, por exigir un tratamiento continuo o por su contagiosidad sean incompatibles con la función militar profesional.

7. Enfermedades inmunoalérgicas, de importancia pronóstica y funcional, que incapaciten para la función militar profesional.

8. Enfermedades reumáticas que originen trastornos funcionales.

9. Tumores malignos y lesiones precancerosas en cualquier localización y estadio, y los tumores benignos que por su tamaño o localización incapaciten para la función militar profesional.

10. Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales incompatibles con la función militar profesional.

11. Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que puedan disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente incapaciten para la función militar profesional.

12. Gestación.

B. Piel y tejido celular subcutáneo

1. Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo de tendencia crónica o recidivante, o aquellas que por su localización incapaciten para la función militar profesional.

2. Dermopatías contagiosas.

3. Cicatrices que afecten a la motilidad o impidan el uso del equipo reglamentario.

4. Afecciones localizadas en regiones descubiertas que resulten desfigurantes.

5. Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante.

C. Neurología y psiquiatría

Neurología

1. Anomalías congénitas o adquiridas del sistema nervioso central, periférico, de sus cubiertas membranosas y óseas y del sistema vascular, que produzcan alteraciones motoras o sensitivas, que sean incompatibles con la profesión militar.

2. Enfermedades crónicas sistematizadas, difusas o en focos, y lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central y periférico, o de las meninges, que originen trastornos motores o sensitivos.

3. Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas.

4. Epilepsia en todas sus formas.

5. Movimientos anormales uni o bilaterales, generalizados o no.

6. Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales.

Psiquiatría

7. Trastornos mentales orgánicos, incluidos los sintomáticos de una afección somática general.

8. Trastornos mentales y del comportamiento debidos al consumo de sustancias psicótropas o drogas, incluido el alcohol, así como la evidencia de abuso de las mismas o su detección analítica.

9. Esquizofrenia, trastorno esquizotípico, trastornos con ideas delirantes y cualquier tipo de psicosis, incluso en situación sintomática o en remisión.

10. Trastornos del humor (afectivos) incluso en situación asintomática o en remisión.

11. Trastornos neuróticos, incluidos los secundarios a situaciones estresantes y somatomorfos, incompatibles con la función militar profesional o su adaptación a la misma.

12. Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológica y a factores somáticos incompatibles con la función militar profesional o su adaptación a la misma.

13. Trastornos o estructuras anómadas de la personalidad y del comportamiento del adulto incompatibles con la función militar profesional o su adaptación a la misma.

14. Retraso mental, tomando de referencia un cociente intelectual inferior a 90.

15. Trastornos del desarrollo psicológico, del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la infancia y adolescencia que continuen en la edad adulta incompatibles con la función militar profesional o su adpatación a la misma.

16. Cualquier otra alteración psíquica que afecte al individuo y que comprometa la correcta realización de sus actividades.

17. Para el Cuerpo General del Ejército del Aire descalificará cualquier déficit significativo de las aptitudes cognitivas o sensitivomotrices necesarias para el vuelo.

D. Aparato digestivo

1. Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca o faringe que trastornen la deglución de modo permanente.

2. Cualquier alteración de los maxilares y del aparato dentario en número con grado o deformidad, que produzca una incorrecta implantación dentaria que pueda constituir un obstáculo en la masticación.

3. Sialorrea y fístulas salivares permanentes.

4. Afecciones del esófago que cursen con disfagia.

5. Afecciones de estómago, intestino y peritoneo con trastornos orgánicos o funcionales.

6. Úlcera péptica gastroduodenal comprobada clínicamente.

7. Afecciones del recto y ano que ocasionen retención, incontinencia o cualquier otra alteración.

8. Afecciones del hígado, vías biliares y páncreas.

9. Secuelas postquirúrgicas con trastornos funcionales incompatibles con la función militar profesional.

10. Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física. Hernias de cualquier tipo y localización, aun las pequeñas y reducibles.

11. Fístulas perineales, incluida la sacrocoxígea.

E. Aparato respiratorio

1. Malformaciones y afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica, que determinen alteraciones morfológicas o funcionales incompatibles con la función militar profesional.

2. Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar.

3. Enfermedades obstructivas de las vías aéreas. Asma bronquial.

4. Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio y sus secuelas.

5. Neoformaciones benignas y malignas del aparato respiratorio y sus secuelas. Nódulo pulmonar.

6. Enfermedades del mediastino. Enfermedades de la pleura, neumotórax y sus secuelas.

7. Anomalías y disfunción diafragmática.

F. Aparato circulatorio

1. Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas, que alteren o puedan alterar en su evolución la normalidad funcional del aparato cardiocirculatorio.

2. Antecedentes de síncope o lipotimias repetidas.

3. Enfermedades valvulares, incluso las corregidas quirúrgicamente. Endocarditis.

4. Cardiopatía isquémica.

5. Situaciones de preexcitación y todos los trastornos del ritmo o de la conducción cardíaca, excepto: la arritmia sinusal, los extrasístoles aislados y el bloqueo de rama derecha.

Para el Cuerpo General del Ejército del Aire descalificará, además, el bloqueo completo de rama derecha.

6. Insuficiencia cardíaca de cualquier etiología.

7. Miocardiopatías. Enfermedades del pericardio.

8. Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.

9. Enfermedades de los grandes vasos y fístulas artereovenosas incluso tras corrección quirúrgica.

10. Arteriopatías periféricas que puedan producir trastornos funcionales incompatibles con la función militar profesional.

11. Flebitis aguda, secuelas postflebíticas, varices significativas linfagiectasias con edema crónico y trastornos tróficos.

G. Aparato locomotor

1. Enfermedades, lesiones y anomalías de los huesos, músculos y articulaciones que incapaciten para la función militar profesional.

2. Ausencia o pérdida de parte de una extremidad que dificulte el normal uso de ella.

3. Inestabilidades o luxaciones recidivantes de las principales articulaciones.

4. Seudoartrosis, anquilosis y rigideces que dificulten la normal biomecánica articular.

5. Infecciones del tejido óseo, articular o muscular y sus secuelas, que determinen alteraciones morfológicas o funcionales de carácter definitivo.

6. Cifosis superior a 45 grados o que siendo menores presenten acuñamientos vertebrales o alteraciones de los discos comprobadas radiológicamente.

Para el Cuerpo General del Ejército del Aire será excluyente una cifosis superior a 15 grados.

7. Espondilolisis, hiperlordosis acusada con sacro horizontal o cualquier otra anomalía de la charnela lumbosacra que pueda ocasionar trastornos funcionales.

8. Escoliosis superiores a 15 grados o que siendo menores, presenten acuñamientos o rotaciones vertebrales comprobadas radiológicamente.

9. Atrofia o distrofia de miembro superior que produzca trastornos funcionales.

10. Pérdida de un dedo de la mano o parte del mismo, excepto la falta de una falange en uno solo de los dedos anular, medio o meñique.

11. Alteraciones anatómicas o funcionales que ocasionen la disminución evidente del poder de aprehensión de la mano, de la función de pinza u otros defectos funcionales de la misma.

12. Desviaciones de las articulaciones de cadera o rodilla con dificultad para la marcha o el ejercicio.

13. Atrofia o distrofia de miembro inferior que produzca trastorno en la deambulación o alteraciones funcionales de muslo, pierna o pie.

14. Acortamiento de miembro inferior que exceda de dos centímetros.

15. Alteraciones de la estructura anatomofuncional del pie que originen un pie doloroso, produzcan intolerancia para el uso habitual del calzado reglamentario y ocasione trastornos funcionales que incapacite para la marcha prolongada y el ejercicio físico.

16. Pérdida de dos dedos de un pie. Pérdida de un dedo y de su metatarsiano. Se exigirá la integridad del primer dedo.

H. Aparato de la visión

1. Afecciones del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y cavidad orbitaria, que incapacite para función militar profesional.

2. Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraorbitarios.

3. Exoftalmos, si interfieren el cierre correcto de los párpados.

4. Glaucoma y alteraciones de la tensión ocular, uni o bilaterales.

5. Dacriocistitis y epíforas crónicas, uni o bilaterales.

6. Blefaroptosis que, con la mirada al frente, impida la visión.

7. Coloboma congénito de párpado. Cicatrices y adherencias palpebroconjuntivales que dificulten la visión o produzcan deformidad marcada. Ectropion y entropion. Triquiasis y distriquiasis.

8. Blefaritis crónica con engrosamiento del borde libre y pérdida de pestañas.

9. Conjuntivitis crónica. Tracoma, Xeroftalmia. Pterigión uni o bilateral de marcado desarrollo.

10. Estafilomas de esclerótica. Escleritis y epiescleritis.

11. Queratitis. Leucomas corneales centrales y periféricos si producen alteraciones de la visión. Estafilomas y distrofias corneales.

12. Uveítis. Alteraciones del cuerpo uveal que ocasionen trastornos funcionales.

13. Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino. Cataratas y opacidades. Afaquia. Pseudoafaquia.

14. Hemorragias del vítreo. Hematoma traumático de vítreo. Organización fibrosa de vítreo.

15. Retinopatías y alteraciones degenerativas del fondo de ojo. Hemeralopía. Degeneraciones tapetorretinianas, pigmentadas y no pigmentadas, y afecciones relacionadas con ellas. Desprendimiento de retina.

16. Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica.

17. Heterotropía superior a tres grados. Diplopía. Nistagmus.

18. Forias:

Cuerpo General de la Armada y del Ejército del Aire:

Endoforia superior a 10 dioptrías prismáticas.

Exoforia superior a 5 dioptrías prismáticas.

Hiperforia superior a 1 dioptría prismática.

19. Hemianopsia. Reducción del campo visual superior a 15 grados.

20. Visión cromática.

Cuerpo General de la Armada y del Ejército del Aire: Se exigirá visión cromática normal.

Resto de Cuerpos y Escalas: Se exigirá reconocer colores puros.

21. Agudeza visual lejana:

Las exigencias de agudeza visual y máximos defectos permitidos serán los siguientes:

Cuerpo General del Ejército del Aire:

Agudeza visual mínima exigida sin corrección: Uno en ambos ojos.

Máximos defectos permitidos bajo ciclopejía en cualquier ojo:

Miopía de cualquier grado, incluso corregida quirúrgicamente.

Hipermetropía: + 2 dioptrías

Astigmatismo: ± 0,75 dioptrías en cualquier meri diano.

Cuerpo General de la Armada:

Agudeza visual mínima exigida sin corrección: 0,7 en ambos ojos.

Agudeza visual mínima exigida con corrección: Uno en ambos ojos.

Máximos defectos permitidos bajo ciclopejía en cualquier ojo:

Miopía: - 0,50 dioptrías.

Hipermetropía: + 3 dioptrías.

Astigmatismo: ± 0,75 dioptrías con independencia del componente esférico.

Resto de los Cuerpos y Escalas:

Agudeza visual mínima exigida sin corrección: 0,1 en ambos ojos.

Agudeza visual mínima exigida con corrección: Uno y 0,7.

Máximos defectos permitidos en cualquier ojo:

Miopía: - 3 dioptrías.

Hipermetropía: + 3 dioptrías.

Astigmatismo: ± 2 dioptrías, con independencia del componente esférico.

22. Agudeza visual próxima normal.

I. Otorrinolaringología

1. Afecciones congénitas o adquiridas, de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oído, que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva.

2. Insuficiencia respiratoria nasal unilateral superior al 75 por 100.

Para el Cuerpo General del Ejército del Aire será excluyente una insuficiencia nasal unilateral superior al 50 por 100.

3. Rinitis alérgica, simple, atrófica o hipertrófica, que limite la actividad física. Anosmia y parosmia.

4. Para el Cuerpo General del Ejército del Aire descalificarán las perforaciones del tabique nasal, excepto las de origen traumático, mínimas y asintomáticas.

5. Sinusopatías.

6. Trastornos del lenguaje. Disfonías. Procesos que comprometan de modo permanente la correcta emisión de la voz.

7. Anomalías de la motilidad laríngea que provoquen trastornos ventilatorios permanentes.

8. Enfermedad recurrente del oído medio, así como las consecutivas a procesos obstructivos tubáricos.

9. Infiltración calcárea del tímpano, cuando se acompaña de rigidez del mismo o pérdida de agudeza auditiva de ese oído, o sea, superior al 50 por 100.

10. Manifestaciones vertiginosas del cualquier etiología.

11. Afecciones del oído de importancia pronóstica o que perturben la función auditiva por debajo de los mínimos exigidos.

12. Hipoacusias:

Cuerpo General de la Armada y del Ejército del Aire: Descalifica una pérdida unilateral superior al 3 por 100. (Norma ISO/ANSI.)

Resto de los Cuerpos y Escalas: Descalifica una pérdida unilateral superior al 12 por 100 o bilateral superior al 7 por 100. (Norma ISO/ANSI.)

J. Aparato urogenital

1. Afecciones o modificaciones congénitas o adquiridas del aparato urinario que alteren o puedan alterar el normal desarrollo de la función militar profesional.

2. Nefropatías y cistopatías.

3. Ausencia anatómica o funcional de un riñón.

4. Litiasis.

5. Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina.

6. Alteraciones analíticas de la orina, aunque no respondan a una entidad nosológica objetivable.

Sólo aplicables a los hombres:

7. Epispadías. Hipospadías perineal, escrotal o peneano.

8. Falta total del pene.

9. Pérdida, ausencia o atrofia de ambos testículos. Criptorquidia.

10. Orquitis y orquiepididimitis.

11. Hidrocele. Varicocele esencial significativo.

K. Ginecología

1. Afecciones o modificaciones del aparato genital femenino y mama que incapaciten para la función militar profesional.

2. Disgenesias, hipogenesias y agenesias gonadales y genitales.

3. Prolapsos genitales.

4. Infecciones genitales.

5. Endometriosis incapacitante.

6. Hipertrofia gigante de mama y otra patología mamaria que incapacite para la función militar profesional.

7. Varicosidades vulvares o de genitales internos significativas.

8. Fístulas rectovaginales.

L. Sangre y órganos hematopoyéticos

1. Afecciones hematológicas que incapaciten para la función militar profesional.

2. Anemias y leucopenias.

3. Síndromes mieloproliferativos.

4. Hemoblastosis. Leucosis.

5. Linfomas. Mielomas.

6. Trastornos de la hemostasia y coagulación.

7. Hemoglobinopatías con repercusión funcional o importancia pronóstica.

8. Inmunodeficiencias.

APÉNDICE D

Ejercicios físicos

Los ejercicios físicos constarán de las siguientes pruebas:

1. Prueba de velocidad.-Carrera de 50 metros en pista con salida en pie, distancia que deberá cubrirse en un tiempo no superior a 8 segundos. Sólo se admitirán dos salidas nulas.

2. Prueba de resistencia muscular.-Carrera de 1.000 metros en pista con salida en pie: Distancia que deberá cubrirse en un tiempo no superior a 4 minutos.

3. Prueba de potencia del tren inferior.-Salto vertical. Se efectuarán tres intentos de salto. Situado el ejecutante de costado al lado de una pared graduada en centímetros, en posición de firme. Levantará el brazo más

próximo a la pared manteniendo ambos hombros en el mismo plano horizontal y marcará la altura a que llega con el extremo de los dedos. Realizará el salto vertical mediante flexión de piernas señalando la nueva altura alcanzada. La diferencia en centímetros entre ambas señales será la marca alcanzada. Se permite levantar los talones y el ballesteo de las piernas siempre que no haya desplazamiento o se pierda totalmente el contacto con el suelo de uno o de los dos pies. La marca alcanzada no será inferior a 40 centímetros.

4. Prueba extensora del tren superior.-Se realizará situándose el ejecutante en tierra inclinado hacia delante. Colocará las manos en la posición más cómoda manteniendo los brazos perpendiculares al suelo. Se contabilizará como efectuada una flexión-extensión cuando se toque con la barbilla en el suelo y se vuelva a la posición de partida manteniendo en todo momento los hombros, espalda y piernas en prolongación. No será válida la flexión-extensión de los brazos que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo partes del cuerpo distintas de la barbilla, punta de los pies y manos. El número de flexiones que se realicen no será inferior a dieciocho.

Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento, siempre que éste se realice en posición de tierra inclinado hacia delante. La zona de contacto de la barbilla podrá almohadillarse con un grosor no superior a 6 centímetros.

Se permitirán dos intentos espaciados para permitir la recuperación del ejecutante.

5. Salto de aparatos.-Salto de «caballo» de 1,25 metros de altura con trampolín rígido a 0,80 metros. El ejecutante habrá de pasarlo con un único y simultáneo apoyo de manos a la misma altura sobre el caballo, sin que lo toque ninguna otra parte del cuerpo. Se permitirán tres intentos.

6. Prueba de natación.-Recorrido de 50 metros en piscina. Situado el ejecutante en pie al borde de la piscina, se lanzará al agua y efectuará el recorrido con estilo libre, sin apoyo en un tiempo no superior a 60 segundos.

7. El orden de realización de los ejercicios será determinado por el Tribunal de pruebas físicas, y permitirá, en todo caso, la recuperación del ejercicio anterior y el calentamiento necesario para la realización del ejercicio siguiente.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/12/1997
  • Fecha de publicación: 31/12/1997
  • Efectos desde el 1 de enero de 1998.
  • Fecha de derogación: 27/02/2002
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • por Orden de 20 de febrero de 2002 (Ref. BOE-A-2002-3822).
    • el apartado 7.3 y el apéndice D del anexo, por Orden de 12 de abril de 2000 (Ref. BOE-A-2000-7140).
  • SE MODIFICA lo indicado, por Orden 79/1999 de 11 de marzo (Ref. BOE-A-1999-6766).
  • SE CORRIGEN errores, por Orden de 6 de abril de 1998 (Ref. BOE-A-1998-8201).
Referencias anteriores
  • DEROGA Orden 75/1989, de 2 de octubre (Ref. BOE-A-1989-23463).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • disposición final primera del Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre (Ref. BOE-A-1995-27263).
    • art. 6 de la Ley 17/1989, de 19 de julio (Ref. BOE-A-1989-17199).
    • art. 14 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo (Ref. BOE-A-1986-6859).
Materias
  • Academias militares
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Enseñanza Militar
  • Fuerzas Armadas
  • Oposiciones y concursos

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