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El Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de julio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2.629/96, planteada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, respecto al artículo 27.3, j, de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por poder vulnerar el artículo 25.1 de la Constitución.
Madrid, 9 de julio de 1996.-El Secretario de Justicia.
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