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El Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de mayo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.522/1995, planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lleida, respecto de la disposición adicional novena de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, que da nueva redacción al artículo 15 de la Ley 40/1980, de 5 de julio, de Inspección y Recaudación de la Seguridad Social, por poder vulnerar el artículo 134 de la Constitución.
Madrid, 23 de mayo de 1995.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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