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Documento BOE-A-1992-3897

Cuestión de inconstitucionalidad número 222/1992.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 1992, páginas 5828 a 5828 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1992-3897

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 10 DE FEBRERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 222/1992, PLANTEADA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 10 DE SEVILLA, RESPECTO DEL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 1.435 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, EXCEPTUADO SU INCISO FINAL, POR PRESUNTA VULNERACION DE LOS ARTICULOS 14, 24.1 Y 51.1 DE LA CONSTITUCION.

MADRID, 10 DE FEBRERO DE 1992. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 19/02/1992
  • Fecha de publicación: 19/02/1992
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara la constitucionalidad de lo indicado del párrafo 4 del art. 1435, por Sentencia 26/1992, de 5 de marzo (Ref. BOE-T-1992-6231).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad párrafo penúltimo del art.1435 de la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada por Decreto de 3 de febrero de 1881 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1881-813).
Materias
  • Enjuiciamiento Civil
  • Tribunal Constitucional

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