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Documento BOE-A-1991-6426

Enmiendas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (Londres, 1 de noviembre de 1974, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 a 18 de junio de 1980), aprobadas el 28 de octubre de 1988 por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional en su 56.º período de sesiones.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 1991, páginas 7910 a 7910 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1991-6426
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1988/10/28/(1)/corrigendum/19910308

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría General de la Organización Marítima Internacional firmó el 6 de diciembre de 1990 la siguiente acta de rectificación de las Enmiendas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, aprobadas en el 56.° periodo de sesiones del Comité de Seguridad Marítima de la Organización, el 28 de octubre de 1988 y publicadas en el «Boletin Oficial del Estado» número 21, de 24 de enero de 1990.

Página 2230, columna de la derecha, anexo, sustitúyase el párrafo 2.3.3 actual por el nuevo párrafo 2.3.3 siguiente:

«2.3.3 El brazo adrizante residual se obtendrá, dentro de la gama especificada en el párrafo 2.3.1, tomando el momento escorante de mayor magnitudque resulte de:

.1 la aglomeración de pasajeros en una banda, .2 la puesta a flote, por una banda, de todas las embarcaciones de supervivencia de pescante completamente cargadas, o .3 la presión del viento, mediante la fórmula:

Momento escorante

GZ (metros) _ + 0,04 Desplazamiento

No obstante, el brazo adrizante no será en ningún caso inferior a 0,10 m.» Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 4 de mano de 1991.-El Secretario general técnico, Javier Jiménez-Ugarte Hernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 08/03/1991
  • La corrección de errores del Convenio de 1 de noviembre de 1974 se establece por estar modificado por la Enmienda de 28 de octubre de 1988.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores en la Enmienda de 28 de octubre de 1988 (Ref. BOE-A-1990-1792).
  • CORRIGE errores del Convenio de 1 de noviembre de 1974 (Ref. BOE-A-1980-12179).
Materias
  • Abordajes
  • Acuerdos internacionales
  • Buques
  • Construcciones navales
  • Incendios
  • Mar
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Mercancías
  • Navegación marítima
  • Radiotelefonía
  • Radiotelegrafía
  • Salvamento
  • Seguridad de la vida humana en el mar
  • Transportes marítimos

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