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Documento BOE-A-1987-23419

Resolución de 14 de octubre de 1987, de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales, por la que se establece el contenido de las solicitudes de las Empresas o agrupaciones de empresas que quieran acogerse a las medidas para incentivar la reducción de capacidades de producción en determinados subsectores siderúrgicos españoles.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 16 de octubre de 1987, páginas 30914 a 30914 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1987-23419
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1987/10/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DE 7 DE OCTUBRE DE 1987 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES, PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS PARA LA APLICACION DE LAS MEDIDAS PARA INCENTIVAR LA REDUCCION DE CAPACIDADES DE PRODUCCION EN DETERMINADOS SUBSECTORES SIDERURGICOS ESPAÑOLES, PREVE, EN SU PUNTO 3, QUE LA DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS Y NAVALES ESTABLECERA EL CONTENIDO DE LAS SOLICITUDES A PRESENTAR ANTE DICHA DIRECCION GENERAL POR LAS EMPRESAS O AGRUPACIONES DE EMPRESAS QUE DESEEN ACOGERSE A LAS MEDIDAS PREVISTAS EN LA MENCIONADA ORDEN DE 7 DE OCTUBRE DE 1987.

EN SU VIRTUD, ESTA DIRECCION GENERAL HA TENIDO A BIEN RESOLVER:

PRIMERO. LAS SOLICITUDES MENCIONADAS EN EL PUNTO 3 DE LA ORDEN DE 7 DE OCTUBRE DE 1987 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES, PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS PARA LA APLICACION DE LAS MEDIDAS PARA INCENTIVAR LA REDUCCION DE CAPACIDADES DE PRODUCCION EN DETERMINADOS SUBSECTORES SIDERURGICOS ESPAÑOLES, DEBERAN CONTENER LA SIGUIENTE INFORMACION, PARA CADA EMPRESA:

1. INFORMACION GENERAL DE LA EMPRESA, QUE PERMITA UNA ADECUADA IDENTIFICACION DE LA MISMA.

2. INFORMACION GENERAL ECONOMICO-FINANCIERA, DESGLOSADA EN BALANCE Y CUENTA DE RESULTADOS PARA LOS EJERCICIOS 1985 Y 1986, ASI COMO UNA PREVISION DE DICHA INFORMACION PARA EL EJERCICIO 1987.

3. DETALLE DE LA EVOLUCION DURANTE LOS EJERCICIOS 1985, 1986 Y 1987 DEL INMOVILIZADO MATERIAL, DE SU AMORTIZACION ACUMULADA Y DEL EXIGIBLE, TANTO DEL CONSOLIDADO A MEDIO Y LARGO PLAZO, COMO DEL EXIGIBLE A CORTO Y DE LAS DEUDASVENCIDAS Y NO PACTADAS.

4. DETALLE DE LA EVOLUCION, DURANTE LOS ULTIMOS CINCO AÑOS, DE LAS PRODUCCIONES Y VENTAS DE LA EMPRESA, RELATIVAS A ACERO, SEMIPRODUCTOS Y PRODUCTOS LAMINADOS EN CALIENTE, ASI COMO DE LAS EXISTENCIAS, ACTUALES Y AL CIERRE DE LOS EJERCICIOS DE 1985 Y 1986, DE PRODUCTOS ACABADOS, SEMIPRODUCTOS Y MATERIAS PRIMAS.

5. DETALLE DE PLANTILLAS, DE PIRAMIDE DE EDADES Y DE INGRESOS BRUTOS POR EDADES, ASI COMO, EN SU CASO, SITUACION ACTUALIZADA DE LOS TRABAJADORES EN RELACION CON LAS PRESTACIONES REGLAMENTARIAS DE DESEMPLEO A LAS QUE PUDIERAN TENER DERECHO.

6. RELACION COMPLETA ACTUALIZADA DE INSTALACIONES, MAQUINARIA Y EQUIPOS INDUSTRIALES, IDENTIFICANDO ESPECIALMENTE AQUELLOS QUE VAYAN A SER OBJETO DE ACHATARRAMIENTO.

DICHA INFORMACION DEBERA SER CUMPLIMENTADA DE ACUERDO CON LOS FORMULARIOS QUE, A TAL EFECTO, ESTAN A DISPOSICION DE LAS EMPRESAS QUE LO SOLICITEN EN ESTA DIRECCION GENERAL.

SEGUNDO. LOS EQUIPOS DE LAS INSTALACIONES SIDERURGICAS QUE DEBERAN SER OBJETO DE ACHATARRAMIENTO, A FIN DE QUE LAS CORRESPONDIENTES EMPRESAS SE PUEDAN ACOGER A LAS MEDIDAS PREVISTAS EN LA CITADA ORDEN DE 7 DE OCTUBRE DE 1987, SON, COMO MINIMO, LOS SIGUIENTES:

PARA LOS TRENES DE LAMINACION EN CALIENTE, LOS HORNOS DE RECALENTAR (INCLUIDOS LOS QUEMADORES) Y LAS CAJAS DE LAMINACION, CON SUS GRUPOS MOTO-REDUCTORES.

PARA LAS ACERIAS, LA CUBA DE LOS HORNOS ELECTRICOS Y SUS CORRESPONDIENTES TRANSFORMADORES, ASI COMO, EN SU CASO, LOS CONVERTIDORES Y SUS MECANISMOS DE ACCIONAMIENTO Y LOS DISPOSITIVOS DE CALENTAMIENTO E INYECCION DE LAS EVENTUALES INSTALACIONES DE METALURGIA SECUNDARIA.

NO OBSTANTE, LA GERENCIA SIDERURGICA PRECISARA, EN CADA CASO, LOS EQUIPOS CONCRETOS QUE DEBERAN SER OBJETO DE ACHATARRAMIENTO.

TERCERO. DICHA INFORMACION DEBERA COMPLETARSE CON UNA MEMORIA EXPLICATIVA QUE CONTENGA, ADEMAS DE LAS OBSERVACIONES Y ACLARACIONES QUE LAS EMPRESAS ESTIMEN OPORTUNO, UNA PROPUESTA DE CALENDARIO, PROCEDIMIENTO E IMPLICACIONES FINANCIERAS DEL PROCESO DE REDUCCION DE CAPACIDADES DE PRODUCCION, QUE ESPECIFICARA, COMO MINIMO, LOS SIGUIENTES ASPECTOS:

PROPUESTA DE CALENDARIO Y DE INSTRUMENTACION.

PLAN PREVISTO DE ENAJENACION DE ACTIVOS FIJOS Y DE REALIZACION DE ACTIVOS CIRCULANTES, CON SUS CORRESPONDIENTES VALORES ESTIMADOS.

PETICION RAZONADA DE LA SUBVENCION POR ACHATARRAMIENTO DE INSTALACIONES.

PROPUESTA DE PLAN LABORAL AL QUE SE ACOMPAÑARA INFORME DEL COMITE DE EMPRESA O, EN SU CASO, JUSTIFICACION DE HABERLO SOLICITADO.

MADRID, 14 DE OCTUBRE DE 1987. EL DIRECTOR GENERAL, JOSE FERNANDO SANCHEZ-JUNCO MANS.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/10/1987
  • Fecha de publicación: 16/10/1987
Referencias anteriores
Materias
  • Empresas
  • Industrias
  • Siderurgia
  • Subvenciones

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