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Documento BOE-A-1987-17385

Enmiendas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (Londres, 1 de noviembre de 1974, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 a 18 de junio de 1980), aprobadas el 20 de noviembre de 1981 por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional en su cuadragésimo quinto período de sesiones (publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 y 23 de enero de 1985 y 1 de agosto de 1986). Corrección al texto español.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 1987, páginas 22882 a 22882 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1987-17385
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1974/11/01/(1)/corrigendum/19870725

TEXTO ORIGINAL

El Secretario general de la Organización Marítima Internacional, en su calidad de depositario del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, hecho en Londres el 1 de noviembre de 1974, comunica las siguientes correcciones al texto español de las Enmiendas a dicho Convenio, aprobadas el 20 de noviembre de 1981 por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional en su cuadragésimo quinto período de sesiones. Dichas correcciones figuran en el acta de rectificación de fecha 7 de mayo de 1987:

Considerando que el 20 de noviembre de 1981, mediante resolución MSC.1 (XLV) del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional se aprobaron con respecto al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, enmiendas cuyo texto se encuentra depositado ante el Secretario general; Considerando que ciertos errores fueron corregidos por medio de actas de rectificación, fechadas el 16 de abril de 1965 y el 11 de diciembre de 1985, respectivamente; Considerando que se han hallado ciertos errores adicionales en el texto español auténtico de las enmiendas y que éstos han sido señalados a la atención de los Estados signatarios o Partes en el Convenio; Considerando que todos esos Gobiernos han acordado corregir tales errores del modo que se señala a continuación:

TEXTO ESPAÑOL AUTENTICO

(Todas las referencias guardan relación con el texto de las enmiendas, tal como éstas figuran en la copia certificada.) Página 24, capítulo II-1, regla 10, párrafo 2.2, línea 1, suprímase «de parte» e intercálese una coma después de «buque»; línea 2, suprímase «que quede».

Página 25, capítulo II-1, regla 11, párrafo 3.2, línea 1, suprímase «de la parte» e intercálese una coma después de «buque»; línea 2, suprímase «que quede».

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 16 de julio de 1987.-El Secretario general técnico, José Manuel Paz Agüeras.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/07/1987
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Instrumento de Ratificación de 16 de agosto de 1978 (Ref. BOE-A-1980-12179).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Buques
  • Construcciones navales
  • Mar
  • Navegación marítima
  • Salvamento
  • Seguridad de la vida humana en el mar
  • Transportes marítimos

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