Contido non dispoñible en galego
Padecido error en la inserción de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 301, de fecha 17 de diciembre de 1985, páginas 39680 a 39682; se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el apartado 6.1, donde dice: «-Categoría «I»»: 10 por 100 en número o en masa de tomates que no correspondan a las características de la categoría, pero que sean conformes con las de la categoría «III», ...», debe decir. «-Categoría «I»: 10 por 100 en número o en masa de tomates que no correspondan a las características de la categoría, pero que sean conformes con las de la categoría «II», ...».
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