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Documento BOE-A-1986-10637

Resolución de 28 de abril de 1986, de la Secretaría General de Hacienda, de exoneraciones de subvenciones del cumplimiento de los requisitos prevenidos en la Orden de 28 de abril de 1986 del Ministro de Economía y Hacienda sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias por beneficiarios de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 1986, páginas 15498 a 15500 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-10637
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1986/04/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 28 DE ABRIL DE 1986, SOBRE JUSTIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS POR BENEFICIARIOS DE SUBVENCIONES CONCEDIDAS CON CARGO A LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO, DICTADA AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICION ADICIONAL DECIMOQUINTA DE LA LEY 50/1984, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1985, MODIFICA LA ANTERIOR ORDEN SOBRE LA MATERIA, DE 15 DE ABRIL, EN RAZON A LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LOS DISTINTOS TRIBUTOS, Y A LA EXPERIENCIA EN LA APLICACION DE LA REFERIDA NORMATIVA.

CON MOTIVO DE DICHA MODIFICACION, ASI COMO POR LA HABIDA EN LOS CONCEPTOS Y RUBRICAS PRESUPUESTARIAS DE SUBVENCIONES EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1986, RESULTA PRECISO DICTAR UNA NUEVA RESOLUCION QUE RECOJA Y ACOMODE LAS EXONERACIONES DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES ACREDITATIVOS DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS POR PERCEPTORES DE SUBVENCIONES A LA ACTUAL NORMATIVA.

EN SU VIRTUD, Y AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO CUARTO DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 28 DE ABRIL DE 1986, ESTA SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. DE ACUERDO CON LA NATURALEZA, REGIMEN Y CUANTIA DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS CON CARGO A PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO, QUEDAN EXONERADAS, CON CARACTER GENERAL, DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FORMALES PREVENIDAS EN LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 28 DE ABRIL DE 1986, LAS SIGUIENTES SUBVENCIONES:

A) LAS LIBRADAS A FAVOR DEL ESTADO, SUS ORGANISMOS AUTONOMOS Y AL EXTERIOR, ASI COMO A LOS ORGANOS CONSTITUCIONALES.

B) LAS CONCEDIDAS A MUTUALIDADES DE FUNCIONARIOS, COLEGIOS DE HUERFANOS Y ENTIDADES SIMILARES, SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN LA DISPOSICION ADICIONAL CUADRAGESIMA OCTAVA DE LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1986.

C) LAS BECAS O AYUDAS DESTINADAS EXPRESAMENTE A FINANCIAR ESTUDIOS EN CENTROS DE FORMACION PUBLICOS O PRIVADOS, CUANDO SE PERCIBAN DIRECTAMENTE POR LAS PERSONAS INDIVIDUALES BENEFICIARIAS.

D) LAS CONCEDIDAS PARA MEJORA DE CONDICIONES DE FINANCIACION, RESPECTO A LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS PARA EJERCICIOS POSTERIORES AL DE LA CONCESION, CUANDO LAS SUBVENCIONES SE ABONEN DIRECTAMENTE A LAS ENTIDADES FINANCIERAS CORRESPONDIENTES.

E) LAS AYUDAS DESTINADAS A FAMILIAS DE PERSONAL FALLECIDO EN ACTOS DE SERVICIO.

F) TODAS AQUELLAS QUE, EN CONJUNTO, NO SUPEREN LA CUANTIA DE 20.000 PESETAS POR PERCEPTOR Y AÑO.

SEGUNDO. ASIMISMO, DE ACUERDO CON LA MENCIONADA NATURALEZA, REGIMEN Y CUANTIA, QUEDAN EXONERADAS DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE 28 DE ABRIL DE 1986 CITADA LAS SUBVENCIONES QUE A CONTINUACION SE RELACIONAN:

A) CLASES PASIVAS (SECCION 7).

CONCEPTO 7.07.313D.480: PENSIONES DE GUERRA A CAUSANTES SEGUN DECRETO 670/1976 Y LEYES 35/1980 Y 6/1982.

CONCEPTO 7.07.313D.481: PENSIONES DE GUERRA A FAMILIAS SEGUN LEYES 5/1979, 35/1980 Y 6/1982.

CONCEPTO 7.07.313D.482: PENSIONES DERIVADAS DE LA APLICACION DE LA LEY 37/1984.

CONCEPTO 7.08.313D.480: PENSIONES DE GUERRA A CAUSANTES.

CONCEPTO 7.08.313D.481: PENSIONES DE GUERRA A FAMIL B) MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES (SECCION 12).

CONCEPTO 12.02.134D.481: AL CONSEJO FEDERAL ESPAÑOL DEL MOVIMIENTO EUROPEO.

C) MINISTERIO DE JUSTICIA (SECCION 13).

CONCEPTO 13.03.142A.483: AL CONSEJO DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA COMO APORTACION DEL ESTADO PARA INDEMNIZAR A LOS ABOGADOS EN TURNO DE OFICIO EN LA ASISTENCIA LETRADA AL DETENIDO.

CONCEPTO 13.03.142A.484: AL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE PROCURADORES.

TURNO DE OFICIO.

CONCEPTO 13.04.313C.482: PARA ATENCIONES DE LOS INTERNOS LIBERADOS Y FAMILIARES.

CONCEPTO 13.06.461A.481: A LA IGLESIA CATOLICA.

CONCEPTO 13.06.461A.781: A LA IGLESIA CATOLICA PARA CONSERVACION DE TEMPLOS.

MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL.

CONCEPTO 13.105.314D.480: SUBSIDIOS, INDEMNIZACIONES Y ASISTENCIA SOCIAL.

D) MINISTERIO DEL INTERIOR.

CONCEPTO 16.01.223A.482: ATENCIONES URGENTES POR CATASTROFES.

E) MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO.

PARQUE DE MAQUINARIA.

CONCEPTO 17.237.512A.481: SUBVENCION A COMEDOR.

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL SUR DE ESPAÑA.

CONCEPTOS 17.227.441A.483, 17.227.512A.483, 17.227.532B.483: SOCORRO POR ENFERMEDAD O FALLECIMIENTO DEL PERSONAL DEL ORGANISMO.

F) MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA (SECCION 18).

CONCEPTO 18.03.134A.480: A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FIN DE LUCRO, EN CUANTO A LAS AYUDAS PARA ASISTANT TEACHER Y BECAS FULLBRIGHT.

CONCEPTO 18.08.422B.482: A LA CONFERENCIA EPISCOPAL PARA HACER EFECTIVA LA ENSEÑANZA DE LA RELIGION CATOLICA EN LOS COLEGIOS PUBLICOS DE EGB.

CONCEPTO 18.10.422G.481: PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y AYUDAS ASISTENCIALES EN CEI.

CONCEPTO 18.10.422G.483: REGIMEN ESPECIAL BOLSAS ESTUDIO, PREMIOS Y AYUDAS AL ESTUDIANTE EN CEI.

CONCEPTO 18.10.422G.484: A LAS COMUNIDADES RELIGIOSAS POR SU COLABORACION EN CONCEPTO 18.11.422J.460, 451 Y 481: PARA SUBVENCIONAR ACTIVIDADES DE EDUCACION COMPENSATORIA.

CONCEPTO 18.05.541A.783: FONDO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNICA, EXCEPTO LAS CORRESPONDIENTES A PROGRAMAS CONCERTADOS DE INVESTIGACION.

LOS SALARIOS Y CARGAS SOCIALES ABONADOS POR LA ADMINISTRACION AL PROFESORADO, A EFECTOS DE GARANTIZAR LA GRATUIDAD DE LA ENSEÑANZA, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 68 DE LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1986.

G) MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (SECCION 19).

CONCEPTO 19.01.311A.484: COMPENSACION ECONOMICA POR PARTICIPACION DE CENTRALES SINDICALES Y ORGANIZACIONES EMPRESARIALES EN LOS ORGANOS CONSULTIVOS. CONCEPTO 19.01.322A.471: PARA PROGRAMAS DE INTEGRACION LABORAL DEL MINUSVALIDO EN TRABAJOS PROTEGIDOS.

CONCEPTO 19.07.313A.422: PRESTACIONES SOCIO-ECONOMICAS. LEY INTEGRACION SOCIAL DE MINUSVALIDOS.

CONCEPTO 19.07.313A.423: PRESTACIONES ECONOMICAS A FAMILIAS DE DISMINUIDOS PSIQUICOS.

CONCEPTO 19.07.313A.485: PENSIONES ASISTENCIALES A ANCIANOS Y ENFERMOS INCAPACITADOS PARA EL TRABAJO, EN ESTADO DE NECESIDAD.

CONCEPTO 19.07.313B.421: RESIDENCIA ANCIANOS <MANOTERAS>.

CONCEPTO 19.07.313B.422: PRESTACIONES SOCIO-ECONOMICAS LEY DE INTEGRACION SOCIAL DE MINUSVALIDOS.

CONCEPTO 19.07.313B.482: PARA PROGRAMAS DE REFUGIADOS Y APATRIDAS, EN CUANTO A LAS SUBVENCIONES DIRECTAS A FAMILIAS.

CONCEPTO 19.07.313C.425: AL INSERSO PARA SUBVENCIONAR EL MANTENIMIENTO DE GUARDERIAS INFANTILES LABORALES.

CONCEPTO 19.08.315A.422: AYUDAS EQUIVALENTES A LA PENSION DE JUBILACION DE EMPRESAS NO AFECTADAS A PLANES DE RECONVERSION INDUSTRIAL Y PARA COMPLEMENTO DEL PERIODO DE COTIZACION DE TRABAJADORES EN SITUACION DE DESEMPLEO, MAYORES DE SESENTA AÑOS O CON INVALIDEZ.

CONCEPTO 19.08.315A.473: ASISTENCIA ECONOMICA EXTRAORDINARIA A LOS TRABAJADORES.

CONCEPTO 19.08.315A.487: COMPENSACION ECONOMICA POR PARTICIPACIONES DE CENTRALES SINDICALES Y ORGANIZACIONES EMPRESARIALES EN ORGANOS CONSULTIVOS.

CONCEPTO 19.08.811A.421: AYUDAS EQUIVALENTES A LA PENSION DE JUBILACION DE EMPRESAS AFECTADAS A PLANES DE RECONVERSION INDUSTRIAL PARA COMPLEMENTO DEL PERIODO DE COTIZACION DE TRABAJADORES EN SITUACION DE DESEMPLEO MAYORES DE SESENTA AÑOS O CON INVALIDEZ, ASI COMO IGUALES GASTOS QUE SE DERIVEN DE LOS PROGRAMAS SOBRE RECONVERSION INDUSTRIAL.

CONCEPTO 19.10821A.474: FORMACION Y PROMOCION COOPERATIVA, EN CUANTO A CURSOS ORGANIZADOS POR LA DIRECCION GENERAL DE COOPERATIVAS.

CONCEPTOS 19.13.481 Y 488 DEL PROGRAMA 316A. ACCIONES EN FAVOR DE LOS EMIGRANTES.

INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO.

CONCEPTO 19.101.312A.480: A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO (PRESTACIONES POR DESEMPLEO).

CONCEPTO 19.101.312A.420: A LA SEGURIDAD SOCIAL (PRESTACIONES POR DESEMPLEO Y ASISTENCIA SANITARIA).

CONCEPTO 19.101.322A.471: SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL DESEMPLEO DE TRABAJADORES EN PARO EN CUANTO A CONTRATOS DE TRABAJO EFECTUADOS CON MINUSVALIDOS.

CONCEPTO 19.101.322B.481: CUOTA DE SEGURO DE ALUMNOS DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL.

CONCEPTO 19.101.322B.483: A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO CUANDO SE TRATE DE CONVENIOS CON CENTROS DEL SECTOR PUBLICO.

CONCEPTO 19.101.322A.421: PARA FINANCIAR BONIFICACIONES EN LAS CUOTAS EMPRESARIALES.

CONCEPTO 19.101.811A.488: A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO (PRESTACIONES POR DESEMPLEO).

FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

CONCEPTO 19.102.315B.481: PAGO PRESTACIONES ACORDADAS A TRABAJADORES SEGUN LA LEGISLACION VIGENTE, INCLUIDAS OBLIGACIONES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

H) MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION (SECCION CONCEPTO 21.02.711A.771: ANALISIS E INFORMACION NACIONAL DE LAS MAGNITUDES DE LOS SECTORES AGRARIOS, PESQUERO Y ALIMENTARIO.

CONCEPTO 21.04.542F.770: EXPERIMENTACION Y CONTRASTACION DEL DESARROLLO TECNOLOGICO.

CONCEPTO 21.04.713A.742 Y 772: DEFENSA SANITARIA DE LOS ANIMALES Y SUS PRODUCCIONES.

CONCEPTO 21.04.714A.471: PAGOS DE PREMIOS, SUBVENCIONES, RECOMPENSAS A LOS PARTICIPANTES EN CONCURSOS, DEMOSTRACIONES DE MAQUINARIA, ETC.

CONCEPTO 21.04.714A.741: REPRODUCCION Y SELECCION ANIMAL.

CONCEPTO 21.04.714A.743: APOYO A LA ORDENACION Y MEJORA DE LAS PRODUCCIONES AGRICOLAS.

CONCEPTO 21.04.715A.472: SUBVENCION A EMPRESAS AFECTADAS POR DIFERENCIAS DE PRECIOS SATISFECHAS CON CARGO A RENTAS DE MONOPOLIOS, EN CUANTO A LA LINEA DE CONSUMO DE GASOLEO POR AGRICULTORES.

CONCEPTO 21.06.712A.481: SUBVENCIONES AUTORES DE OBRAS DE INTERES PARA LA SECRETARIA GENERAL, SOCORROS A NAUFRAGOS, PREMIOS, REGATAS, ETC.

CONCEPTO 21.07.714A.473: PLANES DE REGULACION DEL ESFUERZO PESQUERO EN CALADERO NACIONAL.

CONCEPTO 21.07.715A.471: SUBVENCION A LA FLOTA PESQUERA POR COSTO DE CARBURANTES LIQUIDOS.

CONCEPTO 21.08.823A.471: SUBVENCION A LA FLOTA PESQUERA EN COMPENSACION POR EL PARO PRODUCIDO POR CARENCIA DE LICENCIAS.

SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR EL MINISTERIO Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS CON FINES DE REESTRUCTURACION DE LOS SECTORES AGRARIO Y PESQUERO, SIEMPRE QUE LAS INVERSIONES OBJETO DE AYUDA SEAN INFERIORES A 3.000.000 DE PESETAS.

INSTITUTO NACIONAL PARA LA CONSERVACION DE LA NATURALEZA.

CONCEPTO 21.203.533A.780: PARA TRABAJOS DE CONSERVACION DE SUELOS AGRICOLAS, LUCHA CONTRA LA EROSION Y PREVENCION DE INCENDIOS, SIEMPRE QUE LAS MISMAS NO TENGAN POR OBJETO ACTUACIONES CONSIDERADAS DE INTERES PRIVADO DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO 3 DEL APARTADO II DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION DE 3 DE FEBRERO DE 1983.

ENTIDAD ESTATAL DE SEGUROS AGRARIOS.

CONCEPTO 21.207.823A.471: PLAN DE SEGUROS AGRARIOS 1986 Y LIQUIDACION DE PLANES ANTERIORES.

I) MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA (SECCION 22).

CONCEPTO 22.02.462A.471: A EMPRESAS POR DIFUSION DE PUBLICACIONES.

CONCEPTO 22.01.458A.742: RESTAURACION, MEJORA Y REHABILITACION PATRIMONIO ARQUITECTONICO.

CONCEPTO 22.01.458A.743: ACCION Y PROMOCION CULTURAL.

CONCEPTO 22.01.458A.744: RESTAURACION OBRAS DE ARTE.

MUTUALIDAD GENERAL DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO.

CONCEPTO 22.102.314D.480: NUPCIALIDAD Y NATALIDAD, INCAPACIDAD, GRAN INVALIDEZ, ASISTENCIA GRAN INVALIDAD, LESIONES.

CONCEPTO 22.102.314D.481: MINUSVALIDOS, ACCION FORMATIVA, SUBSIDIO DE JUBILACION, AYUDAS SOCIALES.

CONCEPTO 22.102.314D.482: AYUDAS ASISTENCIALES, AYUDAS DE SEPELIO, SUBSIDIO DE DEFUNCION.

CONCEPTO 22.102.314D.483: AUXILIO Y AYUDA, SUBSIDIO DE DEFUNCION, SUBVENCION A VIVIENDAS, SEGUROS DE VIDA MUTUALIDADES INTEGRADAS.

J) MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES (SECCION 23).

CONCEPTO 23.07.514D.485: SUBVENCION A FAMILIAS PARA SATISFACER LA BONIFICACION A RESIDENTES EN TERRITORIO NO PENINSULAR POR TRASLADO A LA PENINSULA Y REGRESO POR VIA MARITIMA.

CONCEPTO 23.07514D. 48901: SOCORROS A VICTIMAS Y FAMILIARES DE ACCIDENTES DE MAR EN MARINA MERCANTE.

CONCEPTO 23.07.514D.471: SUBVENCION A LA FLOTA MERCANTE POR COSTE DE CARBURANTES LIQUIDOS, INCLUSO ATRASOS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

CONCEPTO 23.11.515D.484: PARA SATISFACER LA SUBVENCION AL TRAFICO AEREO REGULAR INTERIOR ENTRE LA PENINSULA Y LAS PROVINCIAS CANARIAS, SEGUN LA LEGISLACION VIGENTE.

CONCEPTO 23.11.515D.485: PARA SATISFACER LA SUBVENCION AL TRAFICO AEREO REGULAR ENTRE LA PENINSULA Y EL ARCHIPIELAGO BALEAR, ASI COMO ENTRE LAS ISLAS BALEARES, SEGUN LA LEGISLACION VIGENTE.

K) MINISTERIO DE CULTURA (SECCION 24).

INSTITUTO DE LA MUJER.

CONCEPTO 24.107.455B.481: TRANSFERENCIAS A ENTIDADES Y PERSONAS FISICAS PARA REALIZAR ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACION DE LA MUJER.

L) MINISTERIO DE ADMINISTRACION TERRITORIAL (SECCION 25).

CONCEPTO 25.04.912B.765: PARA ABONO DEL BANCO DE CREDITO LOCAL DE LAS CARGAS FINANCIERAS DE LA MANCOMUNIDAD DE DIPUTACIONES DE REGIMEN COMUN.

LL) MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO (SECCION 26).

CONCEPTO 26.01.441A.483: BECAS PARA FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO SANITARIO Y BOLSAS DE VIAJE Y ESTUDIOS PARA EL INTERCAMBIO PERSONAL E INSTITUCIONAL DE INFORMACION EN MATERIA SANITARIA, EN CUANTO A LAS BECAS FULLBRIGHT.

ADMINISTRACION INSTITUCIONAL DE LA SANIDAD NACIONAL.

CONCEPTO 26.101.412A.480: PARA TODA CLASE DE GASTOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES DE LUDOTERAPIA Y AYUDA A INTERNADOS ECONOMICAMENTE DEBILES.

M) GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS (SECCION 31).

CONCEPTOS 31.02.631H.761 Y 762: PARA ATENCIONES DE TODO ORDEN MOTIVADAS POR SINIESTROS, CATASTROFES Y OTRAS DE RECONOCIDA URGENCIA.

N) INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES.

SUBVENCIONES INDIVIDUALES DIRECTAS A DISMINUIDOS.

TERCERO. POR LOS DISTINTOS MINISTERIOS Y ORGANISMOS AUTONOMOS CONCEDENTES SE FACILITARA A ESTA SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA CUANTA INFORMACION CON TRASCENDENCIA TRIBUTARIA SEA NECESARIA, RESPECTO DE LOS PERCEPTORES DE SUBVENCIONES, BENEFICIARIOS DE PRESTAMOS Y SEGUROS PROTEGIDOS, EXONERADOS DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 28 DE ABRIL DE 1986.

CUARTO. EN LAS SUBVENCIONES GESTIONADAS POR COMUNIDADES AUTONOMAS AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 72 DE LA LEY 46/1985, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1986, LA ACREDITACION DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA CITADA ORDEN SE REALIZARA ANTE LOS ORGANOS COMPETENTES DE LAS MENCIONADAS COMUNIDADES AUTONOMAS.

LO QUE COMUNICO A VV. II.

MADRID, 28 DE ABRIL DE 1986. EL SECRETARIO GENERAL DE HACIENDA, JUAN FRANCISCO MARTIN SECO.

ILMOS. SRES. SUBSECRETARIOS DE MINISTERIOS, PRESIDENTES Y DIRECTORES DE ORGANISMOS AUTONOMOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO E INTERVENTOR GENERAL LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/04/1986
  • Fecha de publicación: 30/04/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA en la forma indicada, por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2006-13371).
Referencias anteriores
Materias
  • Presupuestos Generales del Estado
  • Sistema tributario
  • Subvenciones

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