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Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 75, de fecha 28 de marzo de 1985, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 8177, artículo primero, segunda línea, donde dice:
«Organismo autónomo Servicios de Vigilancia Aduanera», debe decir: «Organismo autónomo Servicio de Vigilancia Aduanera».
En la novena y décima líneas, donde dice: «tener una antigüedad de tres años en la Escala de Inspectores y Subinspectores del Organismo autónomo Servicios de Vigilancia Aduanera», debe decir: « tener una antigüedad de tres años en las Escalas de Inspectores y Subinspectores del Organismo autónomo Servicio de Vigllancia Aduanera».
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