Está Vd. en

Documento BOE-A-1983-19288

Real Decreto 1914/1983, de 25 de mayo, sobre constitución, por segregación, del Colegio Oficial de Profesores de Educación Física de La Rioja.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de julio de 1983, páginas 19450 a 19451 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1983-19288
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1983/05/25/1914

TEXTO ORIGINAL

Los artículos 9. y 10 de los Estatutos del Colegio Oficial Central de Profesores de Educación Física, aprobados por Real Decreto 2957/1978 de 3 de noviembre, modificados por otro de 3 de julio de 1981, con número 1885, y posteriormente por el Real Decreto 2353/1881, de 13 de julio, prevén la constitución de Colegios de ámbito territorial reducido y el procedimiento para la propuesta de creación de los nuevos Colegios.

Cumplidos los requisitos previstos en las disposiciones vigentes, el Consejo General de Colegios de Profesores de Educación Física de España, de acuerdo con lo dispuesto en su Reglamento provisional, ha elevado la preceptiva propuesta de constitución del Colegio Oficial de Profesores de Educación Física de La Rioja.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de mayo de 1983, dispongo:

Artículo único.- 1. Se constituye como Colegio de ámbito territorial reducido por segregación del Colegio Oficial Central de Profesores de Educación Física, el Colegio Oficial de Profesores de Educación Física de La Rioja, mediante la conversión como tal Colegio de la Delegación Provincial actualmente existente en la correspondiente Comunidad Autónoma.

2. El Colegio Oficial de Profesores de Educación Física de La Rioja comprende la provincia de La Rioja, radicando su sede en la ciudad de Logroño.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.- 1. En el pIazo de tres meses, el Colegio Oficial de Profesores de Educación Física de La Rioja procederá a la convocatoria de elecciones de su Junta de Gobierno.

2. Una Comisión constituida por un representante de la actual Delegación Provincial, que se constituye en Colegio Autónomo, y un representante del Pleno del Consejo General de Colegios de Profesores de Educación Física de España, quedará encargada de convocar y presidir las elecciones de Junta de Gobierno del nuevo Colegio, que se desarrollarán conforme se establece en los actuales Estatutos para elecciones de la Junta de Gobierno.

3. Celebradas las elecciones, las actas se remitirán al Pleno del Consejo General de Colegios de Profesores de Educación Física de España, para su aprobación, momento a partir del cual quedará válidamente constituida.

Segunda.- Una vez constituida la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Profesores de Educación Física de La Rioja, se procederá a la elección de los miembros del Consejo General de Colegios de Profesores de Educación Física de España, que se integrarán al Pleno en representación de dicho Colegio Oficial da Profesores de Educación Física de La Rioja.

Dado en Madrid a 25 de mayo de 1983.- JUAN CARLOS R.- El Ministro de Cultura, Javier Solana Madariaga.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 25/05/1983
  • Fecha de publicación: 12/07/1983
  • Fecha de entrada en vigor: 01/08/1983
Referencias anteriores
Materias
  • Colegio Oficial Central de Profesores de Educación Física
  • Colegios Oficiales de Profesores de Educación Física

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid