Por Orden ministerial de fecha 13 de junio de 1983 se establece la normativa que regula los aspectos sanitarios que dede reunirel material e instrumental médico quirúrgico estéril para usar una sola vez en humanos.
En la disposición final segunda de la precitada Orden ministerial se dispone que por la Dirección General de Farmacia y Medicamentos se establecerá el procedimiento y la documentación necesaria para tramitar las autorizaciones de las industrias e inscripciones de los productos.
En su consecuencia, esta Dirección General de Farmacia y Medicamentos ha tenido a bien resolver:
Primero.- La solicitud de inscripción en los Registros Farmacéuticos del material e instrumental médico-quirúrgico estéril se efectuará por duplicado en los impresos normalizados establecidos al efecto, en los que constarán los siguientes datos:
Identificación del representante legal.
Identificación del responsable técnico.
Datos correspondientes a la empresa fabricante o importadora, en su caso.
Nombre del producto.
A dicha solicitud, que será firmada por el representante legal de la Empresa y por el técnico garante, se adjuntará la siguiente documentación, por duplicado:
Cuestionario anexo a ecta Resolución.
Memoria técnico-cientifica, que demuestre la validez y utilidad del producto para el fin a que se destina.
Soporte técnico-cientifico, que garantice que los métodos y procedimientos de control de calidad que se detallan en el anexo son adecuados.
Material de acondicionamiento.
Asimismo, se acompañará dos muestras del producto, de cada variante de la inscripción.
Segundo.- Un ejamplar de la documentación se remitirá al Centro Nacional de Farmacobiología para la emisión del informe correspondiente.
Tercero.- Por los Servicios de Inspección y Control de la Dirección General se podrá fiscalizar que la elaboración del producto se ajusta a los procedimientos descritos y de acuerdo con las exigencias legales establecidas.
Cuarto.- Resueltos favorablemente los estudios, e inspección, en su caso, previstos en los apartados anteriores, la Dirección General de Farmacia y Medicamentos otorgará autorización para la comercialización del producto, asignándole el número correspondier.te de inscripción.
Quinto.- Los expedientes actualmente en tramitación de registro seguirán su curso, por el procedimiento actual o por el que ahora se establece, si la Empresa peticionaria del registro lo solicita, en cuyo caso se ajustará a la nueva documentación y procedimiento establecido.
Sexto.- En los plazos que se señalan a continuación las Empresas que actualmente ostentan la titularidad del registro de algún producto de los contemplados en la Orden ministerial de 13 de junio de 1983 presentarán la documentación correspondiente a sus registros actualizada a las exigencias que se establecen en los siguientes plazos:
Productos con número de registro comprendido entre el 1 y el 100, ambos inclusive, hasta el 31 de diciembre de 1983.
Productos con número de registro comprendido entre el 101 y el 200, ambos inclusive, desde el 1 de enero de 1984 hasta el 30 de junio de 1984.
Productos con número de registro comprendido entre el 201 y el 300, ambos inclusive, desde el 1 de julio de 1984 al 31 de diciembre de 1984.
Productos con número de registro comprendido entre el 301 y el 400, ambos inclusive, desde el 1 de enero de 1985 al 30 de junio de 1985.
Productos con número de registro a partir del 401, desde el 1 de julio de 1985 al 31 de diciembre de 1985.
El incumplimiento de la presentación de los documentos a que se refieren los párrafos anteriores en los plazos que se señalan puede suponer la caducidad de la autorización de los productos afectados.
La fecha de presentacicn, se tomará a efectos de la convalidación prevista en el artículo 11 de la precitada Orden ministerial.
Séptimo.- De la suspensión de comercialización de cualquierproducto de los regulados por la Orden ministerial de 13 de junio de 1983 se dará cuenta con antelación a la Dirección General de Farmacia y Medicamentos.
Madrid, 17 de junio de 1983.- El Director general, Félix Lobo.
Datos sobre el producto
Nombre: ...
Descripción y uso al que se destina: ...
Número de referencia, cocigo, catálogo, u otros sistemas de identificación: ...
Tamaño o dimensiones: ...
Partes que lo forman: ...
Fabricante/s de las diferentes partes: ...
Breve descripción de proceso/s de fabricación: ...
Se ajusta el producto a normas nacionales e internacionales?
Especificar a cuales: ...
Datos sobre las partes y componentes
Composición cualitativa de cada una de las partes que integran el producto: ...
Fabricante de las partes que integran el producto: ...
Nombre comercial de los componentes (marca registrada): ...
Sustancias añadidas durante el proceso de fabricación (estabilizantes, colorantes, plastificantes, etc.), dar nombre químico completo, DCI si la tuviere: ...
Datos sobre el material de acondicionamiento
Tipo de empaquetado:
1. Envase unitario
2. Envase protector.
Materiales que lo componen:
1. ...
2. ...
Breve descripción del envase unitario; método de sellado o de cierre y método recomendado para su apertura: ...
Cómo se controla la seguridad y hermeticidad del envase unitario?: ...
Qué fracción del lote se toma como muestra para realizar este control?: ...
Datos sobre esterilización
Se realiza un contaje microbiológico antes de esterilizar?: ...
Sobre qué fracción del lote se realiza?: ...
Se esteriliza el producto, una vez empaquetado o antes?: ...
Dónds se esterlliza?: ...
Descripción del método de esterilización: ...
Qué métodos se utilizan para el control del proceso de esterilización? Detallar parárnetros que se controlan: ...
Datos sobre información del producto
Se acompaña hoja de instrucciones (folleto)?: ...
En castellano: ... En otros idiomas: ...
Se suministra otro tipo de información?: ...
Cómo se suministra la información al usuario?:
- En envase unitario.
- En envase múltiple.
- Por seParado.
Otra/s información/es que se desee/n aportar: ...
Otros controles en producto terminado
Control de residuos del agente esterilizante (si procede):
- Concentración de residuos máxima que admite: ...
- Número de muestras que se utilizan en la prueba: ...
- Métodos de valoración utilizados: ...
Test biológicos:
- Toxicidad: ...
- Pirógenos: ...
- Hemolisis: ...
- Otros: ...
Especificar en anexo, métodos utilizados y márgenes ds tolerancia que se admiten.
Pruebas de funcionalidad: ...
En anexos, describir los métodos.
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