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Documento BOE-A-1981-25291

Orden de 20 de octubre de 1981 por la que se desarrolla el Real Decreto 2337/1980, de 17 de octubre, sobre estructura orgánica del Consejo Superior de Deportes.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 1981, páginas 25455 a 25456 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1981-25291
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1981/10/20/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Por Real Decreto 2337/1980, de 17 de octubre, se reguló la estructura orgánica del Consejo Superior de Deportes.

La disposición final tercera del indicado Real Decreto faculta al Ministerio de Cultura para dictar las normas de desarrollo del mismo.

No se contemplan en la presente Orden ministerial el Pleno y la Comisión Directiva del Consejo porque son objeto de regulación específica mediante el Real Decreto 972/1981, de 8 de mayo.

En su virtud, previo informe del Ministerio de Hacienda y aprobación de la Presidencia del Gobierno,

Este Ministerio dispone:

Artículo 1. Organos Directivos.

El Consejo Superior de Deportes se estructura en los siguientes Organos Directivos:

‒ La Presidencia.

‒ El Pleno.

‒ La Comisión Directiva.

‒ La Secretaría General.

‒ La Dirección de Cultura Física y Deportes.

Artículo 2. La Presidencia.

I. Dependen directamente de la Presidencia las siguientes unidades:

1. La Inspección General de Federaciones y Entidades Deportivas, de la que dependen:

1.1 Cuatro Inspectores de Actividades y Servicios.

1.2 La Sección de Coordinación y Análisis, con los Negociados de:

‒ Coordinación.

‒ Análisis.

1.3 El Negociado de Secretaría de la Inspección General.

2. El Gabinete de Despacho, con nivel orgánico de Servicio del que dependen:

2.1 La Sección de Estudios, con los siguientes Negociados.

‒ Organización y Planificación.

‒ Técnico.

3. El Gabinete de Cooperación Internacional, con el nivel orgánico de Servicio, del que dependen:

3.1 La Sección de Convenios y Relaciones Internacionales.

3.2 La Sección de Protocolo y Relaciones, con los Negociados de:

‒ Protocolo.

‒ Relaciones.

II. Están adscritos directamente al Presidente los cinco Asesores a que se refiere el Real Decreto 2337/1980, de 17 de octubre.

Artículo 3. La Secretaría General.

I. De la Secretaría General, cuyo titular tiene categoría de Director general, dependen:

‒ La Subdirección General de Administración Económica y Planificación.

‒ La Subdirección General de Servicios.

‒ El Negociado de Coordinación.

1. La Subdirección General de Administración Económica y Planificación se estructura en:

1.1 El Servicio de Administración Económica, del que dependen las siguientes unidades:

1.1.1 La Sección de Contratación, con los Negociados de:

‒ Contratación.

‒ Secretaría de la Junta Económica.

‒ Secretaría de la Junta de Compras.

1.1.2. La Sección de Gestión Económica, con los Negociados de:

‒ Gastos Federativos.

‒ Gastos Territoriales.

1.1.3 La Sección de Ordenación de Pagos, con los Negociados de:

‒ Ordenación.

‒ Señalamientos.

1.1.4 La Sección de Tesorería y Habilitación General, con los Negociados de:

‒ Caja.

‒ Liquidación de Impuestos.

1.2 El Servicio de Obras y Proyectos, del que dependen las siguientes unidades:

1.2.1 La Sección de Subvenciones, con los Negociados de:

‒ Obras Elementales.

‒ Obras Generales.

‒ Planificación.

1.2.2 La Sección Administrativa, con los Negociados de:

‒ Obras Propias.

‒ Obras Federativas.

1.2.3 La Sección de Proyectos, con los siguientes Negociados:

‒ Revisión de Proyectos.

‒ Redacción de Proyectos.

‒ Asistencia Técnica.

1.2.4 La Sección de Seguimiento de Obras, con el Negociado de:

‒ Revisión de Certificaciones.

1.2.5 El Negociado de Censos.

1.3 La Sección de Gestión y Programación, con los Negociados de:

‒ Presupuestos.

‒ Planificación Económica.

‒ Informes.

2. La Subdirección General de Servicios se estructura en:

2.1 El Servicio de Régimen Jurídico, del que dependen las siguientes unidades:

2.1.1 La Sección de Registro de Estatutos y Reglamentos de Entidades Deportivas, con los Negociados de:

‒ Registro de Estatutos y Reglamentos.

‒ Informes y Propuestas.

2.1.2 El Negociado de Normativa y Recursos.

2.2 El Servicio de Personal, Patrimonio y Asuntos Generales, de que dependen las siguientes unidades:

2.2.1 La Sección de Régimen de Personal, con los Negociados de:

‒ Personal Funcionario.

‒ Personal no Funcionario.

2.2.2 La Sección de Patrimonio, con los Negociados de:

‒ Patrimonio Inmobiliario e Inventario de Bienes Muebles.

‒ Conservación y Mantenimiento.

2.2.3 La Sección de Asuntos Generales, con los Negociados de:

‒ Registro General.

‒ Archivo.

‒ Régimen Interior.

‒ Informática.

2.3 La Sección de Coordinación de Delegaciones.

II. La Junta de Compras queda adscrita a la Secretaría General Su Secretaría corresponde al Negociado que con tal denominación se relaciona en el punto I, 1.1.1 del presente artículo.

III. El Instituto Nacional de Educación Física de Madrid, orgánicamente dependiente del Consejo Superior de Deportes, y respecto del que la Secretaría General asume las funciones de coordinación, cuenta con las siguientes unidades:

1. Sección de Secretaría General, con los Negociados de:

‒ Coordinación Administrativa.

‒ Actividades no Académicas.

2. Sección de Gestión Académica, con los Negociados de:

‒ Programación.

‒ Gestión.

3. Sección de Biblioteca y Documentación, con los Negociados de:

‒ Biblioteca.

‒ Documentación.

4. Centro Médico del Instituto, con nivel orgánico de Sección.

La estructura de los nuevos Institutos Nacionales de Educación Física que, en su caso, pudieran crearse en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley 13/1980, General de la Cultura Física y del Deporte, y en el artículo tercero, cuatro del Real Decreto 2337/1980, se determinará por Orden ministerial.

Artículo 4. La Dirección de Cultura Física y Deportes.

De la Dirección de Cultura Física y Deportes dependen:

‒ La Subdirección General del Deporte-Competición.

‒ La Subdirección General de Formación Físico-Deportiva y Deporte del Tiempo Libre.

‒ La Sección de Bancos de Datos.

‒ La Sección de Secretaría del Instituto de Ciencias de la Educación Física y del Deporte.

1. La Subdirección General del Deporte-Competición se estructura en:

1.1 El Servicio de Deporte Federado, del que dependen las siguientes unidades:

1.1.1 Sección de Planes y Programas Federativos, con los Negociados de:

‒ Planificación.

‒ Gestión Federativa.

1.1.2 Sección de Instalaciones, con los Negociados de:

‒ Programación y Utilización.

‒ Instalaciones Deportivas Vallehermoso.

‒ Gimnasio Moscardó.

‒ Palacio de Deportes.

‒ Complejo Deportivo «Cuartel de la Montaña».

‒ Consejo Superior de Deportes INEF.

1.2 El Servicio de Planificación y Perfeccionamiento Técnico Deportivo, del que dependen las siguientes unidades:

1.2.1 Sección de Planificación Técnica, con los Negociados de:

‒ Escuelas Federativas.

‒ Homologación de Titulaciones.

‒ Homologación de Material.

1.2.2 Sección de Alta Competición, con los Negociados de:

‒ Centros y Residencias.

‒ Centros de Iniciación y Perfeccionamiento Técnico Deportivo.

2. La Subdirección General de Formación Físico Deportiva y Deporte del Tiempo Libre, se estructura en:

2.1 El Servicio del Deporte Preescolar, Escodar y Universitario, del que dependen las siguientes unidades:

2.1.1 Sección de Deporte Preescolar y Escolar, con los Negociados de:

‒ Planificación.

‒ Relación con Organismos.

2.1.2 Sección de Deporte Universitario y Agrupaciones, con los Negociados de:

‒ Planificación.

‒ Agrupaciones.

2.2 El Servicio de Deporte del Tiempo Libre, del que dependen las siguientes unidades:

2.2.1 Sección de Actividades, con los Negociados de:

‒ Asesoramiento y Coordinación.

‒ Deporte Rural.

2.2.2 Sección de Divulgación, con los Negociados de:

‒ Medios Audiovisuales, Exposiciones y Publicaciones.

‒ Gerencia de la Revista «Deporte 2.000».

Artículo 5. La Junta Económica.

1. Con la misión de informe y asesoramiento existirá en el Consejo la Junta Económica, que bajo la presidencia del Secretario general, estará integrada por el Director de Cultura Física y Deportes, los Subdirectores generales del Consejo y el Interventor Delegado, pudiendo ser convocados, cuando los temas incluidos en el orden del día lo aconsejen, otros funcionarios del Consejo u Organismos que de él dependen.

2. La Secretaría de la Junta Económica, corresponde al Negociado que con tal denominación se relaciona en el punto I, 1.1.1 del artículo 3.º de la presente Orden.

Disposición transitoria.

Hasta tanto se desarrolle, por Orden ministerial, la estructura de la Intervención Delegada en el Consejo Superior de Deportes, la Sección de Contabilidad, a que se refiere la Orden de 14 de diciembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 19 siguiente), queda adscrita al Servicio de Administración Económica de la Subdirección General de Administración Económica y Planificación.

Disposición derogatoria.

Queda derogada la Orden de 14 de diciembre de 1978 por la que se establecía la estructura orgánica del Consejo Superior de Deportes.

Disposición final.

La presente Orden no implica incremento en el gasto público.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 20 de octubre de 1981.

CAVERO LATAILLADE

Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Presidente del Consejo Superior de Deportes.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/10/1981
  • Fecha de publicación: 30/10/1981
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 303, de 19 de diciembre de 1981 (Ref. BOE-A-1981-29381).
Referencias anteriores
Materias
  • Consejo Superior de Deportes
  • Institutos Nacionales de Educación Física
  • Ministerio de Cultura

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