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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día 22 de los corrientes, acordó convalidar el Real Decreto-ley 12/1981, de 20 de agosto, por el que se modifica parcialmente el Real Decreto-ley 10/1978, de 17 de marzo.
Palacio del Congreso de los Diputados a 23 de septiembre de 1981.–El Presidente del Congreso de los Diputados, Landelino Lavilla Alsina.
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