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Documento BOE-A-1981-21946

Real Decreto 2211/1981, de 18 de septiembre, por el que se prorroga la suspensión total de los derechos arancelarios que gravan la importación de amoníaco (P. A. 28-16-A).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 1981, páginas 22755 a 22755 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1981-21946
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/09/18/2211

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto mil veinticuatro/mil novecientos setenta y nueve, de cuatro de abril, dispuso la suspensión total de los derechos arancelarios a la importación de amoníaco licuado que fue, prorrogada hasta el día treinta de septiembre de mil novecientos ochenta y uno, por Real Decreto mil trescientos cuatro/mil novecientos ochenta y uno.

Por subsistir las razones y circunstancias que motivaron dicha suspensión, es aconsejable prorrogarla, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Comercio y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciocho de septiembre de mil novecientos ochenta y uno,

DISPONGO:

Articulo único.

En el periodo comprendido entre los días uno de octubre y treinta y uno de diciembre, ambos inclusive, del año mil novecientos ochenta y uno seguirá vigente la suspensión total de los derechos arancelarios establecidos a la importación de amoniaco licuado, clasificado en la partida veintiocho punto dieciséis A del Arancel de Aduanas.

Dado en Madrid a dieciocho de septiembre de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Economía y Comercio,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 18/09/1981
  • Fecha de publicación: 30/09/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 20/10/1981
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Suspensión establecida por el Decreto 1024/1979, de 4 de abril (Ref. BOE-A-1979-11747).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6 apartado 2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Real Decreto 1304/1981, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1981-14833).
Materias
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones
  • Productos químicos

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