Contido non dispoñible en galego
Como complemento al acuerdo de este Consejo General del Poder Judicial de 9 de julio de 1981, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 22 del mismo mes y año, se fija el 1 de octubre de 1981 como fecha en que entrarán en funcionamiento, como Jueces de Vigilancia Penitenciaria, las autoridades judiciales a quienes se atribuyó tal condición en el acuerdo ahora complementado.
Madrid, 22 de julio de 1981.‒El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Federico Carlos Sainz de Robles Rodríguez.
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