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Documento BOE-A-1981-15809

Ley 23/1981, de 24 de junio, sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 345.621.770 pesetas para sufragar los gastos del referéndum autonómico de Galicia.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 1981, páginas 16171 a 16171 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1981-15809
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1981/06/24/23

TEXTO ORIGINAL

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo 1.

Se concede un crédito extraordinario de trescientos cuarenta y cinco millones seiscientas veintiuna mil setecientas setenta pesetas, al Presupuesto en vigor de la Sección dieciséis, «Ministerio del Interior»; Servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales»; capítulo cuatro, «Transferencias corrientes»; artículo cuarenta y siete, «A Instituciones sin fines de lucro»; concepto cuatrocientos setenta y siete nuevo), «Para satisfacer las atenciones motivadas por la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto dos mil cuatrocientos/mil novecientos ochenta, de Referéndum Autonómico de Galicia».

Artículo 2.

El crédito extraordinario a que se refiere el artículo anterior se financiará con un crédito del Banco de España al Tesoro, que no devengará interés.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuela, Madrid, a veinticuatro de junio de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

LEOPOLDO CALVO-SOTELO Y BUSTELO

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 24/06/1981
  • Fecha de publicación: 16/07/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 05/08/1981
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Galicia
  • Referéndum

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