Content not available in English
Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 27 de diciembre de 1979, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 406.273, interpuesto por el Instituto de Ingenieros Civiles de España, sobre cambio de denominación, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando como desestimamos la excepción de inadmisibilidad del recurso alegada por el representante de la Administración' y estimando como estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Manuel del Valle Lozano, que actúa en nombre y representación del Instituto de Ingenieros Civiles de España, contra el Decreto número mil doscientos noventa y tres de mil novecientos setenta y cinco, de fecha dieciséis de mayo, por el que se establece el cambio de denominación de los Cuerpos de Peritos Agrícolas del Estado y Ayudantes de Montes, debemos declarar y declaramos, anulándolo, que tal Decreto es contrario a derecho. No se hace especial declaración de condena respecto a las costas y tasas judiciales causadas en este recurso.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer su cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos saños.
Madrid, 10 de octubre de 1980.–P. D., el Subsecretario, José Luis García Ferrero.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid