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Documento BOE-A-1977-5773

Orden de 16 de febrero de 1977 por la que se modifica el coeficiente retributivo de los Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas al servicio de Corporaciones Locales, en cumplimiento de sentencia dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 1975.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 1977, páginas 5209 a 5209 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1977-5773

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Decreto 2058/1973, de 17 de agosto, sobre aplicación de las normas del Decreto-ley 7/1973, de 27 de julio, de acomodación del régimen de retribuciones de los funcionarios locales a los del Estado, fija en el cuadro anexo al mismo epígrafe o apartado 19, el coeficiente retributivo 4,0 a los Titulados superiores universitarios.

Interpuesto recurso contencioso-administrativo por el Consejo Superior de Colegios de Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas contra el citado Decreto 2056/1973 y Resolución del Consejo de Ministros de 1 de marzo de 1974, en cuanto al expresado coeficiente, la Sala Quinta del Tribunal Supremo, en sentencia dictada con fecha 21 de mayo de 1975, declara el derecho de los Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas al servicio de la Administración' Local, a ser clasificados en el grupo III de la Administración Especial del anexo al repetido Decreto, en el mismo apartado y con idéntico coeficiente establecido para los Ingenieros y Arquitectos.

Dispuesta por este Ministerio la ejecución de la sentencia mediante Orden de 18 de octubre del mismo año, con posterioridad y por incidir dicha ejecución directamente en los trabajos de articulación del texto de la Ley de Bases 79/1968, de 5 de diciembre, que en aquella fecha venían realizándose por este Departamento, se sometió a la Sala Quinta del Tribunal Supremo, en trámite de ejecución de sentencia, la problemática creada, por si estimase que la definitiva solución ha de abordarse en la articulación de la citada Ley.

Y recibida comunicación de dicha Sala, interesando el cumplimiento de la sentencia en sus propios términos a la mayor brevedad posible, este Ministerio, en su virtud, ha tenido a bien disponer:

1.° Se modifican los apartados 18 y 19 del grupo III de Administración Especial A), Técnicos, del anexo al Decreto 2056/ 1973, de 17 de agosto, que quedan redactados en la forma siguiente:

18. Titulados superiores técnicos (Ingenieros y Arquitectos) y Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas: 5,0.

19. Titulados superiores universitarios (excepto Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas): 4,0.

2.° De conformidad con lo prevenido en los artículos 2 y 3 del Decreto-ley 7/1973, de 27 de julio; articulo 13,1 del mencionado, Decreto 2056/1973, y artículo 1.°, i, y disposición final 6.ª del Decreto 688/1975, de 21 de marzo, la nueva clasificación y coeficientes de los Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas revisten carácter provisional, debiendo acomodarse a lo que se establezca en su día en la regulación definitiva de la función pública local.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 16 de febrero de 1977.

MARTIN VILLA

Ilmo. Sr. Director general de Administración Local.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/02/1977
  • Fecha de publicación: 05/03/1977
Referencias anteriores
Materias
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Retribuciones Administración Local

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