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Documento BOE-A-1977-27200

Orden de 26 de septiembre de 1977 por la que se aprueba el Plan de estudios de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 1977, páginas 25009 a 25012 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1977-27200

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr: Visto el expediente incoado a instancia del magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad Autónoma de Barcelona para implantación del Plan de estudios de la Facultad de Filosofía y Letras de dicha Universidad;

Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento, con carácter provisional, para la elaboración de los planes de estudios de las Facultades Universitarias,

En su virtud, previo dictamen de la Junta Nacional de Universidades y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Se aprueba el Plan de estudios de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Barcelona con arreglo a las normas que a continuación se indican y a la distribución de asignaturas que figuran en el anexo de esta Orden.

Segundo.

Los estudios de la Facultad se distribuyen en tres ciclos, y la titulación para la que preparan es la de Filosofía y Letras, con mención de una especialidad.

Las diversas Secciones programan un conjunto de enseñanzas, a partir de las cuales cada estudiante, con el asesoramiento y la conformidad del Tutor y según las pautas trazadas por este Plan de estudios, confeccionará su «curriculum» en función de la especialidad elegida.

Las enseñanzas organizadas por la Facultad son de dos tipos: Cursos y seminarios. Unos y otros pueden ser semestrales o anuales, y tendrán el número de horas semanales que se indiquen en este Plan de estudios o, en su defecto, en el Anuario de la Facultad, pudiendo ésta fijar, además, el número de clases prácticas por cada materia.

El cómputo de los estudios se hará por créditos, reconociéndose, en principio, dos créditos a cada hora semanal/año de enseñanza.

Tercero.

Primer ciclo: Las asignaturas del primer ciclo, que se detallan en el anexo, son de duración anual y de tres horas semanales de clase teóricas. Son asignaturas fijas, que cada Sección está autorizada, aunque no obligada, a programar todos los años.

Al término del primer ciclo se deberá justificar un total de noventa créditos, es decir, de quince asignaturas.

La Facultad podrá organizar un primer curso de opcionalidad restringida, con asignaturas de carácter básico, atendiendo a la doble exigencia de la formación general de Letras y de la orientación hacia una especialidad

La organización concreta de este primer curso figurará, en su caso, en el Anuario de la Facultad, y será revisada periódicamente en función de la experiencia.

En cualquier caso, para la confección del «curriculum» del primer ciclo deberán observarse los criterios siguientes:

1. Se requerirá un mínimo de créditos de la especialidad elegida (mínimo que oscilará, según las Secciones, entre treinta y seis y sesenta sobre el total de noventa), en la forma que se indican.

2. Los créditos restantes podrán ser de cualquier Sección de la Facultad o de otras Facultades de la Universidad Autónoma de Barcelona, teniendo en cuenta que dieciocho, como mínimo, deben ser necesariamente de una especialidad distinta.

Cuarto.

Segundo ciclo: Para cursar el segundo ciclo se deberán poseer los créditos del primer ciclo en la forma prevista en la especialidad elegida. Sin embargo, podrá realizarse la matrícula del segundo ciclo con un máximo de dos asignaturas pendientes del primer ciclo, siempre que alguna de éstas no figure entre las obligatorias para cursar la especialidad.

Al término del segundo ciclo se deberá justificar un total de sesenta créditos, cuarenta y dos de los cuales, como mínimo, deberán ser de la especialidad elegida, en la forma que se indique en el Anuario de la Facultad.

Los dieciocho créditos restantes podrán corresponder a cursos o seminarios del segundo ciclo (o, en casos justificados, del primer ciclo) de cualquier Sección de la Facultad o de otras Facultades de la Universidad Autónoma de Barcelona.

Los estudios del segundo ciclo se organizarán por áreas de conocimiento, dentro de las cuales cada Sección programará anualmente, y en la medida de sus posibilidades, cursos (generales o monográficos) y seminarios, anunciando con la debida antelación en el Anuario de la Facultad sus títulos, duración, horas semanales, créditos y, en su caso, requisitos.

Los sesenta créditos de segundo ciclo darán derecho a la obtención del título de Licenciado, que habilitará para el ejercicio profesional en la forma prevista por las disposiciones vigentes. Para pasar al tercer ciclo o para desempeñar funciones docentes universitarias se requerirá la presentación de una Memorias de licenciatura.

Paralelamente a las licenciaturas de tipo vertical hasta ahora descritas, la Facultad podrá organizar estudios de segundo ciclo de carácter horizontal, que permitan la especialización en campos cubiertos por distintas Secciones (por ejemplo, Estudios medievales). En este caso, los criterios para la confección del «curriculum» de segundo ciclo serán los que figuren en el Anuario de la Facultad

Quinto.

El Plan tendrá carácter provisional y experimental.

Sexto.

En ningún caso el Plan de estudios que se aprueba podrá implicar aumento de la dotación y consignaciones presupuestarias que comporta el Plan de estudios hasta ahora vigente.

Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 26 de septiembre de 1977.−P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

ANEXO QUE SE CITA
Plan de estudios de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Barcelona

PRIMER CICLO

División de Filosofía y Ciencias de la Educación

Sección de Filosofía

Introducción a la Filosofía.

Historia de la Filosofía antigua.

Historia de la Filosofía medieval.

Historia de la Filosofía moderna.

Historia de la Filosofía contemporánea.

Lógica I.

Lógica II.

Epistemología.

Metafísica.

Ética.

Estética.

Historia de la Ciencia.

Para cursar la especialidad de Filosofía se deberán justificar como mínimo cuarenta y ocho créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, las correspondientes a ocho asignaturas, entre las cuales deberán figurar necesariamente las seis primeras de la lista.

Sección de Ciencias de la Educación

Introducción a las Ciencias de la Educación.

Estadística aplicada a la Educación.

Historia de la Educación.

Didáctica.

Teorías de la Educación.

Psicología de la Educación.

Biología de la Educación.

Para cursar la especialidad de Ciencias de la Educación se deberán justificar cuarenta y dos créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, las correspondientes a las siete signaturas programadas.

Se deberán cursar, además, las dos asignaturas siguientes, organizadas por la Sección de Psicología:

Psicología general.

Psicología evolutiva.

Sección de Psicología.

Psicología general.

Estadística aplicada a la Psicología Psicometría I.

Psicometría II.

Psicología social.

Psicofisiología I.

Psicofisiología II.

Biología del Comportamiento.

Psicología evolutiva.

Psicología diferencial.

Principios y métodos en Psicología.

Psicología experimental.

Principios de Psicoanálisis.

Historia de la Psicología.

Para cursar la especialidad de Psicología se deberán justificar como mínimo cincuenta y cuatro créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, los correspondientes a nueve asignaturas, que deberán ser las siguientes:

Psicología general.

Estadística aplicada a la Psicología.

Psicometría I.

Psicología social.

Psicofisiología 1.

Biología del Comportamiento.

Psicología evolutiva.

Principios y métodos en Psicología.

Psicología experimental.

División de Filología

Sección de Filología Clásica

Lengua griega I.

Lengua griega II.

Lengua griega III.

Literatura griega.

Lengua latina I.

Lengua latina II.

Lengua latina III.

Literatura latina.

Para cursar la especialidad de Filología Clásica se deberán justificar cuarenta y ocho créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, las correspondientes a las ocho asignaturas programadas

Se deberán cursar, además, las dos asignaturas siguientes, organizadas por la Sección de Filología Hispánica:

Lengua española I.

Introducción a los Estudios literarios.

Sección de Filología Hispánica

Lengua española I.

Lengua española II.

Lengua española III.

Literatura española I.

Literatura española II.

Literatura española III.

Lengua catalana I.

Lengua catalana II.

Lengua catalana III.

Literatura catalana I.

Literatura catalana II.

Literatura catalana III.

Lingüística general.

Introducción a los Estudios literarios.

Crítica literaria.

Para cursar la especialidad de Filología Hispánica se deberán justificar como mínimo sesenta créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, los correspondientes a diez asignaturas en la forma siguiente:

a) La totalidad de uno de los dos troncos de seis asignaturas que vincularán a una de las dos subespecialidades (Filología española y Filología catalana) que organiza la Sección, es decir, los tres cursos de Lengua española más los tres de Literatura española, o bien los tres de Lengua catalana más los tres de Literatura catalana.

b) Dos asignaturas libremente elegidas en aquel tronco de los arriba mencionados que no se ha cursado.

c) Introducción a los Estudios literarios.

d) Una asignatura a elegir entre Lingüística general y Crítica literaria, según la orientación lingüística o literaria que el alumno piense dar a sus estudios de especialidad.

Sección de Filología Románica

Lengua francesa I.

Lengua francesa II.

Lengua francesa III.

Literatura francesa I.

Literatura francesa II.

Civilización francesa.

Filología románica.

Lengua italiana I.

Lengua italiana II.

Lengua italiana III.

Para cursar la especialidad de Filología románica se deberán justificar como mínimo cuarenta y dos créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, los correspondientes a siete asignaturas, que deberán ser las siete primeras de la lista.

Se deberán cursar, además, las siguientes asignaturas, organizadas por otras Secciones de la Facultad:

Lengua latina I.

Lengua española I.

Lengua española II.

Introducción a los Estudios literarios.

Sección de Filología Anglogermánica

Lengua inglesa I.

Lengua inglesa II.

Lengua inglesa III.

Literatura inglesa I.

Literatura inglesa II.

Civilización anglosajona.

Filología germánica.

Lengua alemana I Lengua alemana II.

Lengua alemana III.

Para cursar la especialidad de Filología anglogermánica se deberán justificar como mínimo cincuenta y cuatro créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, los correspondientes a nueve asignaturas, que deberán ser las nueve primeras de la lista

Se deberán cursar, además, las siguientes asignaturas, organizadas por la Sección de Filología Hispánica:

Lengua española I.

Lengua española II.

Introducción a los Estudios literarios.

División de Geografía e Historia

Sección de Historia

Introducción a las Ciencias históricas.

Prehistoria.

Historia antigua I.

Historia medieval I.

Historia moderna I.

Historia contemporánea I.

Historia de Cataluña I.

Historia de América

Historia de los fenómenos sociales,

Historia de las Religiones.

Historia Económica.

Arqueología.

Antropología cultural.

Para cursar la especialidad de Historia se deberán justificar como mínimo treinta y seis créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, Ion correspondientes a seis asignaturas, que deberán ser las seis primeras de la lista. El alumno deberá matricularse de ellas en el orden en que han sido enumeradas.

Se deberán cursar, además, por lo menos seis asignaturas del siguiente grupo de veintiuna, organizadas por la Sección de Historia o por otras Secciones:

Historia de España.

Historia de Cataluña.

Historia de América.

Historia de les fenómenos sociales.

Historia Económica.

Historia de las Religiones.

Arqueología.

Antropología cultural.

Geografía física I.

Geografía de España.

Geografía rural.

Geografía urbana.

Economía I.

Matemáticas de las Ciencias humanas I.

Sociología.

Demografía.

Historia del Arte antiguo.

Historia del Arte medieval.

Historia del Arte moderno.

Historia del Arte contemporáneo.

Los alumnos que deseen adscribirse en el segundo ciclo al área de Historia antigua o de Historia medieval deberán acreditar que han cursado en el primer ciclo Lengua latina I.

Sección de Geografía

Geografía humana.

Geografía física I.

Geografía física II.

Geografía física III.

Geografía rural.

Geografía urbana.

Geografía de la población.

Análisis territorial.

Geografía de España.

Geografía regional de España.

Geografía de los países catalanes.

Cartografía y Fotointerpretación.

Para cursar la especialidad de Geografía se deberán justificar como mínimo cuarenta y dos créditos de primer ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, las correspondientes a siete asignaturas, en la forma siguiente:

a) Cuatro obligatorias:

Geografía humana.

Geografía física I.

Geografía de España.

Cartografía y Fotointerpretación.

b) Tres opcionales a elegir entre las siguientes:

Geografía física II.

Geografía física III.

Geografía rural.

Geografía urbana.

Geografía de la población.

Análisis territorial.

Geografía regional.

Geografía de los Países catalanes.

Se deberán cursar, además:

a) Economía I

Matemáticas de las Ciencias humanas I.

b) Tres asignaturas entre las siguientes, organizadas por la Sección de Historia:

Introducción a las Ciencias históricas.

Historia económica.

Historia medieval.

Historia moderna.

Historia contemporánea.

Historia de Cataluña.

Antropología cultural.

Sección de Arte

Teoría y Técnica de las Artes.

Historia del Arte antiguo I.

Historia del Arte medieval I.

Historia del Arte moderno I.

Historia del Arte contemporáneo.

Historia de la Música.

Historia del Cine.

Historia del Arte en Cataluña.

Para cursar la especialidad de Arte se deberán justificar como mínimo cuarenta y dos créditos de primor ciclo con asignaturas de la Sección, es decir, las correspondientes siete asignaturas, que deberán ser las siete primeras de la lista.

Se incluyen igualmente en el Plan de estudios de la Facultad de Letras las asignaturas siguientes:

Lengua árabe I.

Lengua árabe II.

Lengua árabe III.

Matemáticas de las Ciencias humanas I.

Matemáticas de las Ciencias humanas II.

Economía I.

Economía II.

Sociología.

Demografía.

La Facultad podrá, además, cuando las disponibilidades lo permitan, organizar enseñanzas de lenguas instrumentales y establecer las condiciones en que deban cursarse.

SEGUNDO CICLO

Las áreas de segundo ciclo adscritas a cada Sección de la Facultad son las siguientes:

División de Filosofía y Ciencias de la Educación

Sección de Filosofía

Historia de la Filosofía y de la Ciencia.

Metafísica.

Lógica y Epistemología.

Filosofía moral y política.

Estética.

Sección de Ciencias de la Educación

Orientación educativa.

Organización y Legislación escolar.

Metodología e Investigación educacional.

Educación especial.

Teoría e Historia de la Educación.

Formación permanente.

Sección de Psicología

Psicología experimental.

Psicología social.

Psicología clínica.

Psicología educacional.

Psicología industrial.

Metodología de la Psicología.

División de Filología

Sección de Filología Clásica

Lingüística griega.

Filología griega.

Lingüística latina.

Filología latina.

Lingüística indoeuropea.

Sección de Filología Hispánica

Lingüística hispánica.

Lingüística general.

Literaturas hispánicas.

Crítica literaria.

Sección de Filología Románica

Lengua francesa y provenzal.

Lingüística románica.

Literatura francesa y provenzal.

Civilización francesa.

Sección de Filología Ánglogermánica

Lengua inglesa.

Lingüística anglogermánica.

Literatura inglesa y norteamericana.

Civilización anglosajona.

División de Geografía e Historia

Sección de Historia

Prehistoria.

Arqueología.

Antropología cultural.

Historia antigua II.

Historia medieval II.

Historia moderna II.

Historia contemporánea II.

Historia de Cataluña II.

Ciencias auxiliares de la Historia.

Sección de Geografía

Epistemología y Metodología de la Geografía.

Estudios del medio físico y de los recursos naturales.

Estudios de la población y de las actividades sociales y económicas.

Estudios de análisis y planificación del territorio.

Estudios regionales.

Técnicas profesionales.

Sección de Arte

Teoría y Técnica de las Artes.

Historia del Arte antiguo II.

Historia del Arte medieval II.

Historia del Arte moderno II.

Historia del Arte contemporáneo II.

Música.

Cine.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/09/1977
  • Fecha de publicación: 16/11/1977
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el plan de estudios, por Orden de 1 de junio de 1983 (Ref. BOE-A-1983-20237).
  • SE MODIFICA el Plan de estudios por Orden de 16 de junio de 1980 (Ref. BOE-A-1980-18046).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 57, de 8 de marzo de 1978 (Ref. BOE-A-1978-6667).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1970-852).
Materias
  • Filosofía y Letras
  • Planes de estudios
  • Universidad Autónoma de Barcelona

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