Contido non dispoñible en galego
Advertidos errores en el texto de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 170, de 17 de julio de 1975, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 15421, primera columna, artículo 2.°, apartado A, número 2. a), donde dice: «que los centros de trabajo de una misma localidad...», debe decir: «que los centros de trabajo dedicados a la venta en una misma localidad...»
En la página 15426, primera columna, artículo 63, número 1, donde dice: «... entre las veintidós horas de la tarde y las siete horas de la mañana», debe decir: «... entre las veintidós horas de la tarde y las siete horas de la mañana, exceptuándose el personal contratado para trabajar durante dicho período nocturno.»
En la página 15429, segunda columna, apartado D) Almacén. b) Ayudante, donde dice: «Es el empleado mayor de veintidós años...», debe decir: «Es el empleado menor de veintidós años...».
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