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Documento BOE-A-1975-18015

Orden de 14 de agosto de 1975 por la que se aprueba el programa de necesidades para la redacción de proyectos de Centros de Formación Profesional de primero y segundo grados.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 26 de agosto de 1975, páginas 18027 a 18033 (7 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1975-18015

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Con el fin de orientar la redacción de los proyectos de Centros de Formación Profesional asegurando la debida uniformidad en la distribución de espacios educativos y asignando a los mismos las superficies que se consideran más adecuadas a su uso, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Extensión Educativa se han preparado los programas de necesidades que cumplan esta misión atendiendo a la experiencia adquirida durante estos últimos años y a los criterios educativos vigentes.

La redacción de los programas se ha orientado de forma que queden suficientemente determinadas las superficies y espacios correspondientes a las diversas - dependencias de los Centros, pero dejando el margen conveniente que permita contar con la labor creativa de los autores de los proyectos, de forma que quede asegurada al mismo tiempo esta importante aportación, con la necesaria correlación entre la disposición general de los edificios y los fines educativos a que se destinan.

En su virtud, y previo informe de la Subsecretaría, Secretaría General Técnica, Dirección General de Formación Profesional y Extensión Educativa y Dirección General de Programación e Inversiones,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Aprobar los programas de necesidades anejos a la presente disposición, y que servirán de base a partir de la publicación de esta Orden para la redacción de los proyectos de Centros de Formación Profesional.

Segundo.

Se autoriza a la Dirección General de Programación e Inversiones para dictar las instrucciones que considere necesarias para el cumplimiento de la presente Orden.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 14 de agosto de 1975.

MARTINEZ ESTERUELAS

Ilmos. Sres. Directores generales de Formación Profesional y Extensión Educativa y de Programación e Inversiones.

Programa de necesidades de un Centro de Formación Profesional para 360 puestos escolares

PROGRAMA A

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Se proyectarán porches cubiertos con una superficie de 120 metros cuadrados.

Se dispondrá una pista polideportiva descubierta de 36 x 18 metros.

Programa de necesidades de un Centro de Formación Profesional para 600 puestos escolares

PROGRAMA A

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Imagen: /datos/imagenes/disp/1975/204/18015_8867621_image3.png

Se proyectarán porches cubiertos con una superficie de 240 metros cuadrados.

Se dispondrán dos pistas polideportivas descubiertas de 36 x 18 metros.

Programa de necesidades de un Centro de Formación Profesional para 840 puestos escolares

PROGRAMA A

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Se proyectarán porches cubiertos con una superficie de 300 metros cuadrados.

Se dispondrán dos pistas polideportivas descubiertas de 36 X 18 metros.

Programa de necesidades de un Centro de Formación Profesional para 1.200 puestos escolares

PROGRAMA A

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Se proyectarán porches cubiertos con una superficie de 400 metros cuadrados.

Se dispondrán dos pistas polideportivas descubiertas de 36 X 18 metros.

Programa de necesidades de los Centro de Formación Profesional

PROGRAMA B

B) Area docente específica.

Una vez determinadas las ramas profesionales que se van a impartir en un determinado Centro y el número de alumnos que van a cursar cada rama, para deducir la superficie destinada al área docente específica o' de talleres se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:

B.1 Las ramas profesionales se han clasificado en los cuatro grupos siguientes, a efectos de fijar los metros cuadrados por alumno que corresponden a los talleres de cada rama.

Grupo primero.–Se dispondrán 3 metros cuadrados por alumno.

– Rama de Comercio.

– Rama de Administración.

– Rama de Peluquería y Estética.

– Rama de Joyería y Relojería.

Grupo segundo.–Se dispondrán: 6 metros cuadrados por alumno.

– Rama de Electrónica (segundo grado de F. P.).

– Rama de Delineantes.

– Rama de Piel.

– Rama de Moda y Confección.

– Rama de Vidrio y Cerámica.

– Rama de Imagen y Sonido.

Grupo tercero.–Se dispondrán 10 metros cuadrados por alumno.

– Rama de Artes Gráficas.

– Rama de Madera.

– Rama de Metal.

– Rama de Electricidad.

– Rama de Química..

– Rama de Automoción.

– Rama Textil.

– Rama de Construcción y Obras Públicas.

– Rama de Industrias Alimentarias.

Grupo cuarto.–Este tipo de taller específico deberá estudiarse en cada proyecto concreto.

– Rama de Minería.

– Rama Agraria.

– Rama Marítimo-Pesquera.

– Rama Sanitaria.

– Rama de Hostelería.

– Rama de Hogar.

B.2 Para el cómputo de los metros cuadrados totales a asignar a los talleres de cada rama profesional, se tendrá en cuenta que el número de alumnos a considerar será únicamente el tercio del total que cursen dicha rama.

Por lo tanto, la superficie total de talleres a proyectar para cada rama será el resultado de multiplicar el índice de los metros cuadrados por alumno que corresponda por el tercio del número total de alumnos de dicha rama.

B.3 Los talleres se proyectarán teniendo en cuenta que serán utilizados por grupos de 20 alumnos como promedio, excepto para las ramas profesionales de Administración, de Delineantes y de Moda y Confección, que serán para 40 alumnos.

B.4 Para los talleres de las ramas profesionales del tercer grupo se tendrá en cuenta que se proyectarán naves tipo moduladas de 200 metros cuadrados, con dimensiones aproximadas de 10 X 20 metros.

B.5 En las ramas profesionales de Delineantes y de Moda y Confección los talleres serán las naves tipo moduladas de 200 metros cuadrados, por tenerse que utilizar por 40 alumnos simultáneamente.

B.6 Los talleres específicos correspondientes al grupo cuarto se proyectarán de acuerdo con las especiales condiciones y características de la rama profesional a la que pertenecen, pero recogiendo en lo posible las recomendaciones que para el resto de los edificios se hacen en las presentes instrucciones.

B.7 Dentro de la superficie asignada a talleres se proyectará el despacho, de unos 12 metros cuadrados, para el Jefe de cada rama profesional y un depósito de material adecuado a la superficie total de los talleres.

B.8 En los talleres tipo correspondientes al grupo tercero, se proyectarán aseos con la dotación que se indica en el punto 5.5.5 de las Instrucciones. El depósito de material de estos talleres será de unos 12 metros cuadrados.

Instrucciones a los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción de Centros de Formación Profesional.

1. Recomendaciones generales.

1.1. En general, los Centros de Formación Profesional deberán proyectarse en base a una retícula modular que permita la máxima flexibilidad de redistribución de locales. Para ello los solados y techos deberán ser continuos. Los maineles modulares de la carpintería de fachada serán de ancho suficiente para recibir, en su caso, los tabiques. La colocación de puntos de luz, calefacción, etc., se dispondrá dentro de la retícula modular de manera que cualquier cambio de distribución por módulos enteros no interfiera a dichas instalaciones.

1.2. En conjunto, las plantas deberán ser de traza sencilla y sin formas exteriores o interiores que predeterminen una organización concreta de difícil cambio.

1.3. Los elementos singulares, como aseos y escaleras, deberán disponerse de forma que interfieran lo menos posible cualquier redistribución de la zona de enseñanza.

1.4. La altura de la edificación será de dos o tres plantas, salvo en los casos suficientemente justificados en que se autorice con más de tres. Se tendrá en cuenta que la concentración de la edificación favorece la vigilancia, limpieza y conservación del edificio, a la vez que se reduce el gasto de mantenimiento del mismo.

1.5. En la concepción del proyecto debe presidir un principio de economía, por lo que deberán evitarse superficies excesivas y superfluas, asícomo seleccionarse los materiales y sistemas constructivos, de forma que se garantice la óptima calidad que corresponde a este tipo de construcciones, dentro de una gran austeridad.

1.6. Deberá realizarse un estudio racional de la estructura para evitar encarecimientos innecesarios. El mismo principio de economía debe presidir el estudio de las instalaciones, evitando largos recorridos.

1.7. Las cifras que se fijan para cada Centro, como superficies de los diferentes espacios y locales se considerarán útiles y deberán respetarse muy exactamente. En la superficie destinada a circulaciones quedan incluidas las correspondientes a vestíbulo principal y de plantas, pasillos y escaleras.

Por excepción, la superficie asignada a los talleres es la total construida.

1.8. Se tendrá muy en cuenta en la concepción del proyecto el facilitar la posible ampliación de los Centros con el mínimo de dificultades constructivas y de distribución.

1.9. En todo caso, los talleres se proyectarán con criterios de máxima flexibilidad para facilitar posibles cambios de las enseñanzas a impartir.

2. Criterios estéticos.

2.1. Se estudiará la composición de cada Centro en su adaptación a la localidad de forma que se recojan las principales características que permitan la deseable integración de los Centros en los ambientes correspondientes.

2.2. Entre estas características se consideran no sólo las correspondientes a la composición del edificio, como pueden ser las cubiertas y huecos exteriores, sino también la de los materiales y las de aquellos acabados que intervienen decisivamente en la composición estética y definición del edificio.

2.3. Las cubiertas, los cerramientos, la carpintería, etc., deberán estudiarse desde el punto de vista constructivo, pero teniendo muy en cuenta el clima local y, en la medida que sea posible, los materiales propios de cada región.

3. Recomendaciones funcionales.

3.1. La zona de Administración y régimen deberá proyectarse en planta baja. El espacio de Secretaría se procurará situarlo inmediato al vestíbulo.

3.2. La biblioteca deberá situarse en zona de acceso fácil desde el exterior, dado el posible uso público de la misma.

3.3. El oratorio-capilla se dispondrá de forma que pueda integrarse con el espacio destinado a usos múltiples.

3.4. Siempre que los talleres sean independientes, la comunicación entre edificaciones podrá hacerse con simples porches cubiertos.

3.5. Deberá procurarse dar un acceso directo desde el exterior a los talleres-tipo del tercer grupo, que permita la llegada de camiones hasta los mismos.

3.6. La vivienda del subalterno deberá tener acceso directo desde el exterior con una absoluta independencia para no interferir las tareas docentes, pero con comunicación directa con el Centro para facilitar la misión de vigilancia. En general, dispondrá de estar-comedor, tres dormitorios, cocina y baño completo. Además se le dotará de un patio privado de unos 30 metros cuadrados libre de vistas.

4. Recomendaciones constructivas.

4.1. La altura libre de los espacios docentes será de 3 metros. La altura libre del espacio destinado a actividades deportivas será de 4 metros.

La altura libre de los talleres de los grupos primero y segundo será de 3 metros.

La altura libre de los talleres del grupo tercero será de 5,20 metros, en previsión de que en algunas zonas pueda construirse una entreplanta.

4.2. Los suelos de las plantas bajas de la edificación se proyectarán sobre un forjado que quede separado del terreno un mínimo de 0,20 metros. La cámara resultante deberá quedar debidamente ventilada.

Quedan exceptuados los talleres-tipo del grupo tercero y los del grupo cuarto análogos a éstos.

4.3. A efectos de dimensionamiento de las aulas, el lado menor será igual o superior a 6 metros.

4.4. La iluminación natural de las aulas y talleres del grupo primero y segundo se situará en el paramento de mayor longitud. En el caso de que la profundidad del aula o del taller sea superior a los 7,20 metros, deberá disponerse la iluminación natural directa por ambos paramentos opuestos.

En los talleres-tipo del grupo tercero se recomienda que la iluminación natural sea cenital con orientación Norte.

4.5. Las puertas de paso a las aulas deberán abrir hacia afuera y serán de dos hojas asimétricas, una de 0,80 metros de ancho libre y otra con pasadores para fijarla de 0,30 metros de ancho libre. Como salida de emergencia se proyectará otra puerta en el extremo más lejano del paramento, con apertura también hacia afuera y con un ancho libre de 0,80 metros.

En los talleres de los grupos primero y segundo las puertas de paso y de emergencia serán análogas a las indicadas para las aulas.

En el taller-tipo del grupo tercero se proyectarán las puertas normales de talleres y al menos una de ellas deberá permitir el fácil paso de vehículos pesados. Todas las puertas abrirán hacia afuera.

4.6. Todas las aulas deberán ir dotadas de armarios empotrados, destinándose un tercio a guardar material diverso y dos tercios para guardarropa. El primero se cerrará con puertas, preferentemente correderas.

Las aulas específicas de Dibujo y Laboratorio llevarán armarios empotrados para guardar material diverso, con puertas correderas, e incluidos en la superficie asignada a dichas dependencias.

4.7. El tamaño de las ventanas deberá ponderarse en función de la iluminación, ventilación y superficie de enfriamiento-calentamiento.

La solución proyectada para las ventanas debe permitir la limpieza de cristales desde el interior del edificio. Son recomendables los sistemas de corredera sin paños fijos o similar.

La calidad mínima del vidrio de ventanas será la cristanina.

Todos los huecos exteriores de ventanas deberán ir dotados de persianas enrollables al exterior o procedimiento similar.

4.8. Se cuidará la elección del tipo de cubierta atendiendo especialmente a su conservación.

En todos los edificios se proyectará forjado en la planta de cubierta. Quedan exceptuados los talleres-tipo correspondientes al grupo tercero por la conveniencia de proyectarlos con luz cenital.

En general, y exceptuando los talleres-tipo del grupo tercero, se deben evitar en la cubierta las limahoyas horizontales y los petos de coronación de fachada que obliguen a una solución de canalón interior, por los problemas de conservación y mantenimiento que presentan.

4.9. Todos los paramentos interiores irán tratados hasta una altura mínima de 1,65 metros con un material de la dureza suficiente para resistir las acciones fuertes de golpes, rozaduras, arañazos, etc., y que sea de fácil limpieza.

4.10. En general, en la elección de los diferentes materiales e instalaciones se tendrán en cuenta el que las características técnicas propias garanticen una adecuada durabilidad con un gasto mínimo de conservación.

4.11. La ventilación natural directa es obligatoria en todos los locales.

En las aulas se recomienda disponer alguna solución que facilite la renovación del aire sin enfriamientos bruscos del local y sin corriente de aire, como es la de dotar de registros que permitan la aireación superior.

4.12. A efectos del aislamiento térmico de la edificación se atenderá a lo establecido en el Decreto 1490/1975, de 12 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 11 de junio de 1975).

4.13. Los proyectos deberán adecuarse a lo establecido en las «Normas acústicas en la edificación», del Instituto «E. Torroja», para edificaciones de la categoría B.

5. Instalaciones.

5.1. En general deberá procurarse la concentración horizontal y vertical de aseos y laboratorios para conseguir recorridos mínimos de la red de agua y desagüe.

5.2. Todas las conducciones deberán ir preferentemente vistas y señalizadas según las normas U. N.E., procurando que no sean fácilmente accesibles a los alumnos.

5.3. El nivel de iluminación artificial en el plano de trabajo del alumno deberá ser del orden de unos 300 lux. La instalación se dispondrá de forma que pueda conectarse al nivel mitad (unos 150 lux) para utilizarse como iluminación complementaria. Los aparatos de iluminación no deberán ocultarse, debiendo ir los tubos vistos.

5.4. El sistema de calefacción será centralizado y será estudiado por el proyectista en función de las condiciones climáticas y tipo de combustible más adecuado en la zona.

La capacidad del depósito del combustible deberá ser tal que asegure el funcionamiento de la calefacción un mínimo de cuarenta y cinco días.

El cálculo de la instalación se realizará aplicando la norma U. N. E. 24045, en forma que garantice, en función de las demás características del edificio, una temperatura general de 18° C, y en vestíbulos, pasillos y zonas de circulación 14° C.

La calefacción de la vivienda del subalterno deberá funcionar con independencia de la del Centro.

5.5. A continuación se especifican las instalaciones que necesariamente deben existir en los locales que se mencionan:

5.5.1. Aulas.

Las aulas irán dotadas de dos enchufes con mecanismo de seguridad, situados en los extremos de una de las diagonales del aula, de forma que uno de ellos dé servicio a la mesa del Profesor y el otro pueda servir para conectar un proyector.

5.5.2. Talleres.

Las conducciones de las instalaciones de todo tipo deberán ir vistas, procurando que no sean de fácil acceso a los alumnos y señalizadas según las normas U. N. E.

En todos los talleres se proyectarán instalaciones de electricidad y agua en todo su petrímetro, con tomas repartidas cada 5 metros aproximadamente. Cada toma de agua llevará su desagüe correspondiente.

La conducción, de la evacuación de aguas se proyectará de forma que resista el paso de líquidos de agresividad media.

En el caso del taller-tipo para las ramas profesionales incluidas en el grupo tercero, además de estas instalaciones se dispondrá, en sentido longitudinal de la nave, instalaciones elevadas de electricidad (sistema de blindos-barra) de forma que con las instalaciones perimetrales cubran suficientemente toda la superficie del taller.

En todo caso, las instalaciones de los talleres se proyectarán con criterios de máxima flexibilidad para facilitar posibles cambios de las enseñanzas a impartir.

5.5.3. Laboratorios.

En cada espacio destinado a laboratorio se dispondrá adosada y a todo lo largo del paramento de ventanas una poyata corrida de unos 0,50 metros de fondo y 0,80 metros de altura, dedicando la parte baja a armarios. El tablero de la poyata será de madera tratada químicamente en negro.

En cada extremo de la poyata se incluirá una pileta de gres de dimensiones interiores del orden de 0,40 x 0,50 x 0,20 metros, que deberá ir provista de los adecuados desagües y grifería de laboratorio.

Distribuidos a lo largo de la poyata se dispondrán cuatro enchufes de corriente eléctrica, con interruptor centralizado.

Al proyectarse la poyata en el paramento de ventanas éstas deberán ser de corredera sin paños fijos, a efectos de limpieza.

5.5.4. Usos múltiples.

En el local destinado a usos múltiples deberán disponerse dos piletas dotadas de instalación de agua y desagües. También se dispondrán dos enchufes de corriente eléctrica situados en sendos extremos de una de sus diagonales.

5.5.5. Aseos.

Los aseos de alumnos de cada sexo se proyectarán con la dotación de dos inodoros y un lavabo pileta por cada 40 alumnos. Estos aseos se distribuirán en cada planta, en proporción al número de alumnos de la misma, separados por sexos, y considerando igual número teórico de alumnos que de alumnas. En los aseos masculinos la mitad de los inodoros se sustituirán por doble número de urinarios murales.

Por ser los aseos de planta baja los de mayor uso simultáneo deberán concentrarse en ésta del orden de un 50 por 100 del total de la dotación indicada, dotándoles de accesos tanto desde el interior como desde el exterior del edificio.

En cada taller-tipo correspondiente a las ramas profesionales del tercer grupo se proyectará una unidad de vestuarios-aseos con las siguientes dotaciones:

Masculino:

Dos duchas.

Dos lavabos-pileta.

Dos inodoros.

Dos urinarios.

Femenino:

Dos duchas.

Dos lavabos-pileta.

Tres inodoros.

En el caso de que los talleres del grupo primero y especialmente del grupo segundo se proyecten en edificación independiente del edificio docente común, los aseos de alumnos de cada sexo se proyectarán de acuerdo con lo dicho en el párrafo primero.

Los vesturios-aseos para actividades deportivas se proyectarán con las siguientes dotaciones:

Vestuario-aseo masculino.

Seis duchas.

Tres lavabos-pileta.

Dos inodoros.

Cuatro urinarios murales.

Vestuario-aseo femenino.

Seis duchas.

Tres lavabos-pileta.

Cuatro inodoros.

Unido a esta zona se proyectará un pequeño despacho con aseo propio, dotado de inodoro, lavabo y ducha para el Profesor de Educación Física.

La dotación de los aseos de Profesores de cada planta y los de la zona de Administración se proyectarán para cada sexo con un inodoro y un lavabo.

En los aseos de alumnos se estudiará una especial fijación de todos los aparatos sanitarios y, en particular, de los lavabos-pileta, que asegure su inamovilidad frente a cargas o golpes de importancia.

El lavabo-pileta debe servir a varios usos además del lavado de manos, como es el beber agua con facilidad; lavado de útiles, de dibujo o de actividad manual; llenado rápido de recipientes, etc., por ello deberá situarse a una altura algo inferior a lo normal.

6. Urbanización y jardinería.

6.1. El proyectista deberá estudiar el máximo aprovechamiento racional del solar no sólo para facilitar los juegos de los alumnos, sino también porque es necesario contar con espacios libres que permitan futuras ampliaciones o nuevas construcciones.

6.2. Se incluirá la urbanización del terreno escolar en su totalidad, dentro de un costo prudencial, y dedicando especial atención a la zona representativa. En cada parcela debe proyectarse un acceso de vehículos y un aparcamiento con tantas plazas como unidades de 40 alumnos tenga el Centro.

El acceso de camiones a los talleres puede ser este mismo, pero siempre que sea posible se proyectará independiente.

6.3. Los Centros dispondrán de una acera de 1 metro de ancho a lo largo de todo su perímetro.

6.4. La jardinería se deberá proyectar procurando un bajo costo de mantenimiento y deberá proyectarse la correspondiente red de riego.

7. Cerramiento del terreno escolar.

Deberá proyectarse el cerramiento completo de la parcela, con puertas de vehículos y peatones, tratando con mayor cuidado el correspondiente a la zona más representativa y procurando que en su conjunto sea de aspecto ligero. La altura total del cerramiento será del orden de 1,70 metros.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/08/1975
  • Fecha de publicación: 26/08/1975
  • Fecha de derogación: 27/06/1991
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (Ref. BOE-A-1991-16419).
Referencias anteriores
  • CITA en Programas Anejos el Decreto 1490/1975, de 12 de junio (Ref. BOE-A-1975-14782).
Materias
  • Centros de enseñanza
  • Enseñanza de Formación Profesional

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