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Documento BOE-A-1960-7013

Ley 9/1960, de 12 de mayo, sobre adopción de nuevas definiciones de libro y folleto.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 14 de mayo de 1960, páginas 6464 a 6464 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1960-7013

TEXTO ORIGINAL

Las definiciones de libro y de folleto contenidas en el artículo tercero de la Ley de Imprenta, de veintiséis de julio de mil ochocientos ochenta y tres, han caído en desuso, y parece conveniente que sean sustituidas por otras que atendiendo la recomendación sugerida por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, aseguren la comparabilidad estadística internacional, a la par que rijan con carácter uniforme, a todos los efectos, decisión que no puede tener carácter retroactivo que obligue a una reordenación inmediata de las bibliotecas públicas.

En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,

DISPONGO:

Artículo primero.

Los párrafos primero, segundo y tercero del artículo tercero de la Ley de Imprenta, de veintiséis de julio de mil ochocientos ochenta y tres, serán redactados en la siguiente forma:

«Se entiende por libro todo impreso que sin ser periódico reúna en un solo volumen cuarenta y nueve o más páginas, excluidas las cubiertas.»

«Se entiende por folleto todo impreso que sin ser periódico reúna en un solo volumen entre cinco y cuarenta y ocho páginas, excluidas las cubiertas.»

«Es hoja suelta todo impreso que sin ser períodico no llega a cinco páginas.»

Artículo segundo.

Las definiciones expresadas en el artículo primero regirán, a todos los efectos, a partir de la promulgación de la presente Ley.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Por los Ministerios de Educación Nacional e Información y Turismo se dictarán, cuando las disponibilidades de personal y medios lo permitan, las disposiciones necesarias para proceder a la revisión de la actual ordenación de las bibliotecas públicas atendiendo a las nuevas definiciones.

Dada en Barcelona a doce de mayo de mil novecientos sesenta.

FRANCISCO FRANCO

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 12/05/1960
  • Fecha de publicación: 14/05/1960
  • Fecha de entrada en vigor: 03/06/1960
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Ley 14/1966, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-1966-3501).
  • Fecha de derogación: 08/04/1966
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3 de la Ley de 26 de julio de 1883 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1883-4381).
Materias
  • Imprenta
  • Libros
  • Publicaciones

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