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Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 04/02/2026.
Entrada en vigor:
05/02/2026
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2026-2547
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2026/02/03/2/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 03/02/2026
  • Fecha de publicación: 04/02/2026
  • Fecha de entrada en vigor: 05/02/2026
  • Fecha de derogación: 28/02/2026

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 26 de febrero de 2026 (Ref. BOE-A-2026-4667).

Referencias anteriores

  • MODIFICA:
    • el art. 83 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2025-1560).
    • el art. 3 del Real Decreto 401/2021, de 8 de junio (Ref. BOE-A-2021-9560).
    • la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-16824).
    • los arts. 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, (Ref. BOE-A-2020-4208).
    • con los efectos indicados, las disposiciones adicionales 17 y 18 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-12328).
    • lo indicado del art. 33.1.a) del Reglamento aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-2007-6820).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2025, las disposiciones adicionales 50, 55, transitoria 32 y, con efectos desde el 1 de enero de 2026, la disposición adicional 58 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2006-20764).
    • lo indicado del art. 33.2 y AÑADE la disposición transitoria 4 al Reglamento aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28925).
    • el anexo y, con efectos desde el 1 de enero de 2025, la disposición transitoria 13 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28740).
  • AMPLÍA, hasta el 31 de diciembre de 2026, el plazo previsto en la disposición transitoria 3 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2023-12203).
  • EN RELACIÓN con el art. 11 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2024-22928).

Materias

  • Administración Local
  • Agricultura
  • Aguas
  • Arrendamientos urbanos
  • Ayudas
  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas
  • Consumidores y usuarios
  • Consumo de energía
  • Desahucios
  • Empresas
  • Energía eléctrica
  • Enjuiciamiento Civil
  • Estimación objetiva
  • Financiación de las Comunidades Autónomas
  • Ganadería
  • Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Indemnizaciones
  • Inundaciones
  • Inversiones
  • Libros de los Comerciantes
  • Obras
  • Pesca
  • Pobreza
  • Política económica
  • Procedimiento administrativo
  • Registros telemáticos
  • Sistema tributario
  • Transporte de viajeros
  • Vehículos de motor
  • Viviendas

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