La derogación con la salvedad indicada, del art. 27.1 y 2 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se establece por la modificación de la disposición derogatoria de la Ley 20/2011, de 21 de julio .
Referencias anteriores
DEROGA con la salvedad indicada, el art. 27.1 y 2 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
MODIFICA determinados preceptos y referencias y AÑADE la disposición transitoria 11 a la Ley 20/2011, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2011-12628).
AMPLÍA:
el plazo indicado de la disposición adicional 2 de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21831).
el plazo indicado de la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28968).
el plazo indicado de la disposición transitoria 5 de la Ley 16/1985, de 25 de junio (Ref. BOE-A-1985-12534).
Materias
Administración electrónica
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Firma electrónica
Organización de la Administración del Estado
Registro Civil
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