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Real Decreto 807/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de control de las embarcaciones neumáticas y semirrígidas a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 del artículo único del Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones utilizadas, y por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 22/09/2021.
Entrada en vigor:
22/09/2021
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2021-15312
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/09/21/807/con

Índice: «Última actualización, publicada el 22/09/2021»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DE CONTROL DE LAS EMBARCACIONES NEUMÁTICAS Y SEMIRRÍGIDAS A LAS QUE SE REFIEREN LAS LETRAS F), G), H) E I) DEL APARTADO 3 DEL ARTÍCULO ÚNICO DEL REAL DECRETO-LEY 16/2018, DE 26 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ADOPTAN DETERMINADAS MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE PERSONAS Y MERCANCÍAS EN RELACIÓN A LAS EMBARCACIONES UTILIZADAS.

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Registro Especial de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad y normas comunes de procedimiento

CAPÍTULO III. Inscripción en el Registro Especial de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad

CAPÍTULO IV. Autorización de uso de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad

CAPÍTULO V. Régimen de uso de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]


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