Resolución de 27 de marzo 2020, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se modifica la duración, y se prorroga la adjudicación, del servicio de transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19.
[disposición derogada]
Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 31/03/2020.
Entrada en vigor:
27/03/2020
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
la derogación, con efectos desde las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020, se establece por el cumplimiento de la condición establecida en la disposición derogatoria 3 de la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la Resolución de 16 de mayo de 2020. (Ref. BOE-A-2020-5317).
Fecha de derogación: 24/05/2020
Referencias posteriores
SE DICTA EN RELACIÓN la finalización, con efectos desde las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020, de la adjudicación directa del servicio de transporte aéreo regular en las rutas aéreas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza: Resolución de 16 de mayo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-5317).
SE DEROGA, con los efectos señalados, lo indicado, por Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4912).
Referencias anteriores
MODIFICA lo indicado del punto 1 de la Resolución de 20 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3949).
DE CONFORMIDAD con:
la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3863).
la Orden TMA/247/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3823).
el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
CITA Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3580).
Materias
Baleares
Dirección General de Aviación Civil
Enfermedades
Epidemias
Estado de alarma
Sanidad
Transportes aéreos
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico