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Real Decreto 885/2020, de 6 de octubre, por el que se establecen los requisitos para la comercialización y puesta en servicio de placas de matrícula para vehículos de motor y remolques, y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23/10/2020.
Entrada en vigor:
02/01/2021
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-12767
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/10/06/885/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 06/10/2020
  • Fecha de publicación: 23/10/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 02/01/2021

Referencias anteriores

  • DEROGA:
  • MODIFICA:
    • el art. 49 y el anexo XVIII del Reglamento aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-1826).
    • el art. 9.7 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio (Ref. BOE-A-1995-19000).

Materias

  • Circulación vial
  • Comercialización
  • Homologación
  • Matriculación de vehículos
  • Reglamentaciones técnicas
  • Remolques
  • Vehículos de motor

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