De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.1 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, el Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla entre personas de reconocida competencia profesional e idoneidad. La designación o separación, una vez haya sido comunicada a la Ministra de Fomento, será publicada en el correspondiente Diario Oficial y en el «Boletín Oficial del Estado».
El Gobierno de Canarias, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes, mediante Decreto 327/2015, de 4 de septiembre, ha dispuesto el cese de don Pedro Rodríguez Zaragoza como Presidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
Dicho cese ha sido comunicado debidamente a la Ministra de Fomento.
En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido por el citado artículo de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispongo:
Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al Decreto 327/2015, de 4 de septiembre, del Gobierno de Canarias, por el que se acuerda el cese de don Pedro Rodríguez Zaragoza como Presidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
Madrid, 18 de septiembre de 2015.–La Ministra de Fomento, Ana María Pastor Julián.
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