los arts. 2.2 y 3, 4.4.b y d y 6.3, por Real Decreto 424/2021, de 15 de junio (Ref. BOE-A-2021-10026).
los arts. 2.3, 3 y la disposición adicional 4.1.c), por Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17995).
los arts. 15, 18 y disposición adicional 4, por Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15843).
con los efectos indicados en la disposición final 2, los arts. 5.1, 18 y la disposición adicional 3, por Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-11575).
los arts. 3.1.b), 6.1.a) y 16.1 y 3, por Real Decreto 1073/2014, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-13252).
los arts. 3.2, 6.1, 7.1 y 11.3 y SE AÑADE la disposición adicional 7, por Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-2013-11216).
Referencias anteriores
DEROGA el art. 3, la disposición transitoria única y lo indicado del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21845).
TRANSPONE Directiva 2010/45/UE, de 13 de julio (Ref. DOUE-L-2010-81309).
DE CONFORMIDAD con Ley 37/1992, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28740).
Materias
Actividades económicas
Empresas
Facturas
Impuesto General Indirecto Canario
Impuesto sobre el Valor Añadido
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Trabajadores autónomos
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.