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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 04/11/2011.
Entrada en vigor:
05/11/2011
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2011-17395
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2011/10/31/1517/con

Índice: «Modificación publicada el 03/10/2015»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO QUE DESARROLLA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AUDITORÍA DE CUENTAS, APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2011, DE 1 DE JULIO

CAPÍTULO I. De la auditoría de cuentas

Sección 1.ª Ámbito de aplicación

Sección 2.ª Auditoría de cuentas anuales

Sección 3.ª Auditoría de otros estados financieros o documentos contables

Sección 4.ª Auditoría de cuentas consolidadas

Sección 5.ª Entidades de interés público

Sección 6.ª Normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas

Sección 7.ª Elaboración de normas técnicas, de ética y de control de calidad interno

CAPÍTULO II. Del acceso al ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas

Sección 1.ª Registro oficial de auditores de cuentas

Sección 2.ª Autorización para el ejercicio de la auditoría de cuentas

CAPÍTULO III. Del ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas

Sección 1.ª Formación continuada

Sección 2.ª Independencia

Sección 3.ª Fianza

Sección 4.ª Información a requerir

Sección 5.ª Deberes de secreto y custodia

Sección 6.ª Informe anual de transparencia

CAPÍTULO IV. Del control de la actividad de auditoría de cuentas

Sección 1.ª Disposiciones generales

Sección 2.ª Actuaciones de control técnico

Sección 3.ª Actuaciones de control de calidad

Sección 4.ª Denuncia y deber de información

CAPÍTULO V. De las infracciones y sanciones y del procedimiento sancionador

Sección 1.ª Disposiciones generales

Sección 2.ª Infracciones y sanciones

Sección 3.ª Del procedimiento sancionador

CAPITULO VI. De la cooperación con Estados miembros de la Unión Europea y de la cooperación internacional

Sección 1.ª Deber de colaboración con las autoridades competentes de los Estados miembros de la Unión Europea

Sección 2.ª Supervisión de auditores de cuentas, sociedades y demás entidades de auditoría de terceros países

Sección 3.ª Coordinación con autoridades competentes de terceros países

CAPÍTULO VII. De las corporaciones de derecho público representativas de auditores

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]


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