Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas Continentales.

Publicado en:
«BOCT» núm. 74, de 17/04/2007, «BOE» núm. 110, de 08/05/2007.
Entrada en vigor:
18/04/2007
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2007-9330
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cb/l/2007/04/04/3/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 04/04/2007
  • Fecha de publicación: 08/05/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 18/04/2007
  • Publicada en el BOCT núm. 74, de 17 de abril de 2007.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los arts. 14 y 15, por Ley 10/2013, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-510).

Referencias anteriores

  • DEROGA los arts. 54 a 57 de la Ley 3/1992, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-1992-11685).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 15.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-635).
  • CITA Ley de Pesca Fluvial, de 20 de febrero de 1942 (GAZETA) (Ref. BOE-A-1942-2205).

Materias

  • Cantabria
  • Comercialización
  • Material de pesca
  • Pesca marítima
  • Piscicultura
  • Procedimiento sancionador

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid