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Resolución de 4 de julio de 2003, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba el Criterio Técnico para establecer las condiciones técnicas mínimas que deben cumplir los polvorines de los depósitos transportables de consumo de explosivos, definidos en el artículo 191 del Reglamento de Explosivos.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29/07/2003.
Entrada en vigor:
30/07/2003
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2003-15217
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2003/07/04/(6)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/07/2003
  • Fecha de publicación: 29/07/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 30/07/2003

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 10 de septiembre de 2003 (Ref. BOE-A-2003-18038).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento aprobado por Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero (Ref. BOE-A-1998-5934).

Materias

  • Explosivos
  • Normalización
  • Polvorines

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