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Documento BOE-A-2003-18038

Resolución de 10 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 4 de julio de 2003, por la que se aprueba el Criterio Técnico para establecer las condiciones técnicas mínimas que deben cumplir los polvorines de los depósitos transportables de consumo de explosivos, definidos en el artículo 191 del Reglamento de Explosivos.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 2003, páginas 35275 a 35275 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2003-18038
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2003/09/10/(3)

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la Resolución de 4 de julio de 2003 (BOE n.º 180, de 29 de julio) por la que se aprueba el Criterio Técnico para establecer las condiciones técnicas mínimas que deben cumplir los polvorines de los depósitos transportables de consumo de explosivos, definidos en el artículo 191 del Reglamento de Explosivos, Esta Dirección General de conformidad con lo determinado en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto rectificar el error producido, debiendo quedar como sigue:

En la página 29494, columna derecha, apartado 3.1: Clasificación de depósitos de explosivos transportables y puertas de depósitos de explosivos transportables, párrafo tercero, donde dice: "Acceso parcial: RU " 400", debe decir: "Acceso parcial: RU " 270".

Madrid, 10 de septiembre de 2003.-La Directora General, Carmen Becerril Martínez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/09/2003
  • Fecha de publicación: 27/09/2003
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 4 de julio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-15217).
Materias
  • Explosivos
  • Normalización
  • Polvorines

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