Visto el expediente de indulto de doña María Ángeles Cabrera Jiménez con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ciudad Real, en sentencia de fecha 1 de abril de 1998, como autora de un delito continuado de hurto, a la pena de cinco meses de arresto mayor con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de junio de 2000,
Vengo en indultar a doña María Ángeles Cabrera Jiménez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 9 de junio de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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