Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 16/12/1998.
Entrada en vigor:
05/01/1999
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1998-28992
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1998/12/15/42/con

Índice: «Última actualización, publicada el 17/03/2012»

Norma derogada por la disposición derogatoria única del Real Decreto-ley 8/2012, de 16 de marzo. Ref. BOE-A-2012-3811.

[Preámbulo]

TÍTULO I. Normas civiles y mercantiles

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Régimen jurídico

Sección 1ª. Constitución

Sección 2ª. Condiciones de promoción y transmisión

CAPÍTULO III. Incumplimiento de los servicios y acción de cesación

TÍTULO II. Normas tributarias

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid