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El Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3.914/1993, planteada por el Juzgado de Instrucción número 8 de Elche, respecto del artículo 969.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por poder vulnerar el artículo 24.1 y 2 de la Constitución.
Madrid, 18 de enero de 1994.-El Secretario de Justicia.
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