Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas.
SE MODIFICA el art. 5, por Real Decreto 281/1994, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-1994-5352).
SE DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 9 de julio de 1993, por la que se anula el apartado B) del art. 5, por Orden de 15 de noviembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-28698).