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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Acuerdo de 12 de diciembre de 1988, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por el que se establecen normas para garantizar el mantenimiento de los Servicios esenciales en dicho Tribunal.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 13/12/1988.
Entrada en vigor:
13/12/1988
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1988-28376
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/1988/12/12/(1)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 12/12/1988
  • Fecha de publicación: 13/12/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 13/12/1988

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 15 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre (Ref. BOE-A-1979-23709).

Materias

  • Huelga
  • Tribunal Constitucional

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