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Documento BOE-A-1982-12459

Orden de 18 de mayo de 1982 por la que se desarrolla el Real Decreto 721/1982, de 26 de marzo, que modifica la estructura orgánica del Ministerio de Cultura.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 1982, páginas 14300 a 14301 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1982-12459
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1982/05/18/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La disposición final primera del Real Decreto 721/1982, de 26 de marzo, autoriza al Ministerio de Cultura para dictar normas que exigen la aplicación de lo establecido en el citado Real Decreto.

En su virtud, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

La Subdirección General de Coordinación Territorial quedará integrada por las siguientes Unidades:

1. Servicio de Desarrollo Autonómico, con las siguientes Unidades:

1.1. Sección de Colaboración con las Comunidades Autónomas, con el Negociado de:

– Coordinación.

2. Sección de Programación, con los Negociados de:

– Planes y Actividades.

– Asesoramiento.

3. Directamente adscrita a la Subdirección General de Coordinación Territorial existirá una Secretaría Administrativa, con nivel orgánico de Negociado.

Artículo 2.

La Sección de Asistencia con los Negociados de:

– Documentación.

– Difusión,

quedará integrada en el Servicio de Personal y Retribuciones de la Subdirección General de Personal.

Artículo 3.

La Sección de Evaluación, que pasará a denominarse Sección de Administración Periférica, con los Negociados de:

– Análisis.

– Registro y Archivo,

quedará integrada en el Gabinete Técnico de la Dirección General de Servicios del Ministerio de Cultura.

Artículo 4.

La Sección de Relaciones Públicas y Coordinación de la Secretaría General Técnica, que en lo sucesivo se denominará de Coordinación, quedará integrada en el Servicio de Legislación de la Vicesecretaría General Técnica.

Disposición derogatoria.

Quedan derogados cuantos preceptos de la Orden ministerial de 16 de marzo de 1981 se opongan a la presente disposición.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 18 de mayo de 1982.

BECERRIL-BUSTAMANTE

Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretario general Técnico y Director general de Servicios del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/05/1982
  • Fecha de publicación: 29/05/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 29/05/1982
Referencias anteriores
  • DEROGA en cuanto se oponga la Orden de 16 de marzo de 1981 (Ref. BOE-A-1981-13361).
  • DESARROLLA Real Decreto 721/1982, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-1982-9037).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 130.2 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Dirección General de Servicios del Ministerio de Cultura
  • Ministerio de Cultura
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura
  • Subsecretaría del Ministerio de Cultura

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