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Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al establecimiento y puesta en marcha de oficinas en el Reino de España (El «Acuerdo»), hecho en Madrid y Washington el 29 de junio, 13, 14 y 15 de julio de 2026.
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