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Acuerdo de 21 de diciembre de 1992, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se atribuye en régimen de exclusividad, a determinados Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Santa Cruz de Tenerife el conocimiento, tramitación y resolución de los procesos penales referidos a las infracciones previstas en el Libro III del Código Penal.
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