Instrucción de 4 de abril de 1991, de la Junta Electoral Central, sobre documentación que debe acompañarse en la presentación de candidaturas y no obligatoriedad de estar inscrito en el Censo electoral para ser candidato.
Ley 2/1991, de 13 de marzo, de crédito extraordinario para atender los gastos de las elecciones al Parlamento de las Islas Baleares.
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