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Orden de 30 de junio de 1965 por la que se determinan las características que han de reunir los vehículos para ser considerados ciclomotores.
Orden de 13 de julio de 1965 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 12.764, promovido por «Laboratorios Miquel, S. A.», contra resolución de este Ministerio de 11 de julio de 1963.
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