Orden de 3 de julio de 1965 sobre ampliación del artículo quinto de la de 14 de julio de 1964 («Boletín Oficial del Estado» número 170) que fija el Cuadro Indicador de tripulaciones mínimas de buques mercantes y de pesca nacionales.
Orden de 3 de julio de 1965 sobre prórroga por un año de la facultad concedida a las Autoridades locales de Marina en la forma que se especifica en el artículo transitorio de la Orden de 14 de julio de 1964 («Boletín Oficial del Estado» número 170), que fija el Cuadro Indicador.
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