A efectos de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 (el "RD 5/2023"), se hace público que el 4 de febrero de 2026, el socio único de Clínicas Medivet Iberia, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), y el socio único de Medivet Iberia, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), titular del 100% del capital social de la Sociedad Absorbente aprobaron la fusión por absorción de la citada sociedad (esto es, Medivet Iberia, S.L.U.) mediante la integración de la totalidad de su patrimonio empresarial en favor de la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las dos sociedades el 31 de octubre de 2025.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del RD 5/2023, habida cuenta de que la fusión fue aprobada por el socio único de la Sociedad Absorbente y por el socio único de la Sociedad Absorbida, no se publicó ni depositó previamente los documentos exigidos por el RD 5/2023, y no se realizó anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto de Fusión. No obstante, los administradores han puesto a disposición de los trabajadores de la Sociedad Absorbente el informe sobre los efectos de la fusión en el empleo, aclarando que la Sociedad Absorbida carece de empleados y, por tanto, no se produce sucesión empresarial.
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, el Proyecto de Fusión y los Balances de Fusión de todas las sociedades intervinientes en la fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión (esto es, el publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil o el de prensa), para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 del RD 5/2023.
En Madrid, 18 de marzo de 2026.- El Administrador solidario de Clínicas Medivet Iberia, S.L.U. y Medivet Iberia, S.L.U, Don Marcos Mena Mestre.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid