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Documento BORME-C-2026-701

MONGAY, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

OPTILUBE, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 47, páginas 896 a 896 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-701

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que con fecha 2 de enero de 2026, se celebraron las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las entidades MONGAY, S.A. (Sociedad Absorbente) así como de OPTILUBE, S.L. (Sociedad Absorbida), en las que se aprobaron la fusión por absorción de la sociedad OPTILUBE, S.L. por la sociedad MONGAY, S.A., mediante su disolución sin liquidación, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos los activos y pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello según los términos del proyecto común de fusión suscrito el día 2 de octubre de 2025 por los órganos de administración de ambas sociedades.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 por remisión del artículo 56 LME, al estar ambas sociedades íntegramente participadas por los mismos socios y en la misma proporción. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 LME, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.

Se reconoce expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del Proyecto y de los Balances de fusión, documentos que se encuentran a disposición de los interesados en los respectivos domicilios sociales.

Los acreedores de las sociedades participantes podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en la LME.

Sant Pere de Vilamajor (Barcelona), 5 de marzo de 2026.- El administrador Único de ambas sociedades, D. Juan López Hurtado.

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