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Documento BORME-C-2026-694

GANADERÍA Y HACIENDA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 47, páginas 887 a 888 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2026-694

TEXTO

Don Víctor Manuel Carrasco Sánchez, registrador mercantil de Cáceres, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 170.2 del texto refundido de la ley de sociedades de capital Convoca a los señores socios de la entidad mercantil Ganadería y Hacienda, S.A., a la junta general que se celebrará (de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del texto refundido de la ley de sociedades de capital) en el domicilio social de la compañía, sito en la plaza palacios, número 18, código postal 10580, de Membrío, Cáceres, el día siguiente al transcurso del plazo de un mes desde la fecha de publicación en el BORME y en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia de Cáceres, a las doce horas, para deliberar y resolver los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Instrucción a los administradores para la contratación de una auditoría voluntaria para revisar las cuentas del ejercicio 2024 de la sociedad, a la mayor brevedad posible y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2025.

Segundo.- Instrucción a los administradores para que propongan a la junta general la designación de auditor para las cuentas anuales del ejercicio 2025 y sucesivos, antes del 31 de diciembre de 2025.

Tercero.- Instrucción a los administradores para la inmediata revocación de todos los poderes existentes en la sociedad, incluyendo expresamente los otorgados a favor de don Gonzalo Trías de Bes, doña Maria de Camps y don Genaro Tejero Antúnez (incluyen en este último caso la resolución de cualquier relación contractual subyacente), con excepción, exclusivamente, de los poderes para pleitos necesarios para la continuación de los procedimientos judiciales en curso.

Cuarto.- Instrucción a los administradores para la inmediata resolución de todas las relaciones contractuales existentes entre la sociedad y don Gonzalo Trias de Bes o personas a él vinculadas, con excepción de las necesarias para el seguimiento por parte de AVQ legal, S.L.P., del litigio existente entre la sociedad y las entidades Blauewaser, S.L. y Sucesores de Rafael de Camps, S.C.P. (pero, excluyendo en todo caso de dicho asesoramiento a don Gonzalo Trías de Bes).

Quinto.- Instrucción a los administradores para el mantenimiento de un sistema estricto de decisión conjunta en lo relativo a decisiones ordinarias de gestión y representación en el día a día de la sociedad y para que convoquen y presenten a la junta general de forma trimestral un informe detallado de su actuación que contenga (I) una descripción de la evolución general del negocio de la sociedad, comparada con periodos anteriores, y con el plan de negocio y presupuesto anual; (II) información financiera trimestral, incluyendo el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y un estado de tesorería, así como el análisis de las desviaciones respecto del presupuesto anual; (III) un desglose de los contratos firmados, compromisos asumidos e inversiones efectuadas durante el trimestre anterior y de los proyectados para el trimestre siguiente; (IV) cualquier información adicional, financiera o de cualquier otro tipo, que cualquiera de los socios solicite o que razonablemente se pudiera requerir para el conocimiento de la situación de la sociedad por los socios con el mismo grado de detalle que correspondería a un consejero no ejecutivo.

Sexto.- Modificación del artículo 10 de los estatutos sociales para introducir un inciso estableciendo que el cargo de administrador será remunerado mediante una asignación fija, cuyo importe será determinado anualmente por la junta general y se repartirá por mitades entre los dos administradores mancomunados.

Séptimo.- Aprobación de la remuneración de doña María de Camps y doña Carmen Escardó como administradoras mancomunadas de la sociedad para el ejercicio 2025.

Octavo.- Disolución de la sociedad en caso de que las anteriores medidas no sean adoptadas por paralización de los órganos sociales que imposibilita su funcionamiento (artículo 363.1.d de la ley de sociedades de capital).

En dicha junta, serán designados como presidente y secretario de la junta, los socios de mayor y menor edad, respectivamente. En aplicación del artículo 196 de la ley de sociedades de capital, los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día.

Cáceres, 27 de enero de 2026.- El Registrador Mercantil de Cáceres, Victor Manuel Carrasco Sánchez.

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