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Documento BORME-C-2026-643

ROSAPARKS PROPOSITO E IMPACTO SOCIAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

BLUE BLISS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 43, páginas 807 a 807 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-643

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el art. 10 y concordantes del R.D.L. 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME") se hace público, a los efectos oportunos, que las juntas generales extraordinarias de socios de "Blue Bliss, S.L.U." (sociedad absorbida) y de la sociedad mercantil "Rosaparks Propósito e Impacto Social, S.L." (sociedad absorbente), celebradas ambas con carácter de juntas universales con fecha 23 de diciembre de 2025, han aprobado por unanimidad de todos los socios con derecho a voto y aquellos que según la ley o los estatutos podían ejercer legítimamente dicho derecho, la fusión por absorción de la primera por parte de la segunda. La fusión se lleva a cabo mediante el procedimiento unánime regulado en el art. 9 LME, que ha sido adoptado de conformidad con el proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las respectivas sociedades.

Se hace constar, a los efectos de lo previsto en el art. 53.1 en relación con el art. 56.1 LME, que el socio único de la sociedad absorbida es la sociedad absorbente, y que la fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 9 de la LME.

La presente fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente adquiriendo por sucesión universal la absorbente el total patrimonio, derechos y obligaciones de la absorbida. La sociedad absorbida quedará disuelta sin liquidación como consecuencia de la fusión, lo que conllevará su extinción.

A efectos contables, la fecha de la fusión se establece en el día 1 de enero de 2025, habiendo sido aprobados los correspondientes Balances en fecha 23 de diciembre de 2025 por sendas Juntas Generales. En consecuencia, todas las operaciones que llevadas a cabo por parte de la sociedad absorbida a partir del 1 de enero de 2025 se entenderán realizadas, a efectos contables, por la sociedad absorbente, conforme al proyecto de fusión redactado y aprobado por los órganos de administración de las sociedades participantes.

En cumplimiento del art. 10 de la LME se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades Fusionadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el art. 13 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

Barcelona, 26 de febrero de 2026.- La Administradora única de Rosaparks Propósito e Impacto Social, S.L. y Administradora única de Blue Bliss, S.L.U, Catalina Guzmán Rodrigo.

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